SANCIONAR al señor Cesar Manuel Sotelo Antúnez, identificado con DNI N° 07824338 con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y a la señora Yovana Mejía Flores, identificada con DNI N° 07636866 con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por utilizar las aguas subterráneas proveniente del pozo tipo mixto IRHS-S/C; ubicado geográficamente en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84) 375,192 mE – 8´513,838 mN; con fines de uso agrícola, para la irrigación de cultivos de grass natural y palmeras instalados en el predio denominado “Mata” de UC. N° 06596, sector El Cote, distrito de Chincha Baja, provincia de hincha, departamento de Ica, ello sin contar con la Licencia respetiva, incurriendo en infracción en materia de Recursos Hídricos, tipificado en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso”; concordante con el literal a) del artículo 277° del su Reglamento, “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua” aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.