SANCIONAR a la empresa Agrícola Santa Lucía S.A., con RUC N° 20279153708, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCUENTA (0.50) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por el uso del recurso hídrico subterráneo proveniente del pozo mixto IRHS 11.02.05-PP-200 ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS 84):387,631 mE – 8’509,064 mN, Fundo Pinta, distrito de El Carmen, provincia de Chincha y departamento de Ica, sin contar con el respectivo derecho de uso emitido por la Autoridad Nacional del Agua; hecho que se encuentra tipificado como infracción en materia de recursos hídricos, establecido en el numeral 1 “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso” del artículo 120° de la Ley N° 29338, de Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso” del artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.