Autoridad Administrativa del Agua de Chaparra - Chincha

R.D. N° 0893-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial de Pequeños Proyectos, respecto del manantial Viñacha, ubicado en el anexo de Huillcallama, distrito de Pullo, provincia de Parinacochas y departamento de Ayacucho, presentada por el señor Edson Jhoao Pachas Padilla, identificado con DNI N° 42151863, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0892-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Subterránea y Autorización de Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico Subterráneo para pozo artesanal, con fines agrícolas, para irrigar el predio con UC N° 01948 con un área de 1.6159 ha. ubicado en el sector Llipatilla, distrito de Llipata, provincia de Palpa, departamento de Ica, presentada por la señora Teresa Mansilla Ludriguez, identificada con DNI N° 22186214; acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0891-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

PRORROGAR por única vez el plazo otorgado a favor de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - ARCC, con RUC N° 20602114091, mediante Resolución Directoral N° 0894-2022-ANA-AAA.CHCH de fecha 22.11.2022, sobre Autorización de Uso de Agua Superficial, respecto del recurso hídrico proveniente del rio San Juan, para la ejecución del proyecto “Ampliación del Servicio de Protección frente a inundaciones en los tramos críticos de los ríos Chico y Matagente, en los distritos de Alto Larán, Chincha Baja, El Carmen y Tambo de Mora – 4 distritos de la provincia de Chincha – Departamento Ica”, de acuerdo a los fundamentos señalados en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 07 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0890-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial de Pequeños Proyectos, respecto de la quebrada Ingenio, en el sector San Pablo, distrito El Ingenio, provincia de Nasca, departamento de Ica, presentada por el señor Augusto Ceferino García Huamaní, identificado con DNI N° 21407974, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 07 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0889-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Acreditación de Disponibilidad Hídrica Superficial de pequeños proyectos con fines agrarios, proveniente de la quebrada Quishuar ubicada en el sector Irurupa, distrito se Quicacha, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, presentada por el señor Arsenio Ysidro Alvarez Montoya, identificado con DNI N°04327068; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 07 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0888-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

DESESTIMAR la solicitud de Modificación de Licencia de Uso de Agua Superficial para el abastecimiento hídrico del predio con UC N° 65278, otorgada mediante Resolución Administrativa N°156-2006-GORE-DRAG-I/ATDRI de fecha 13.07.2006; respecto al punto de captación de la infraestructura hidráulica de suministro, promovido por la señora Violeta Mirtha García De Hualpa; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Martes, 07 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 0835-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 115871-2021

IMPUGNANTE: Edilberto Wiles Pachas Pacheco

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Aspectos Generales

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Noviembre, 2023

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.D. N° 0887-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

ARCHIVAR el Procedimiento Administrativo Sancionador seguido en contra de los señores José Santos Tasayco Saravia, identificado con DNI N° 218550804; Charles Pachas Tipiciano, identificado con DNI N° 21851596 y Saturnino Bonifacio Almeyda, identificado con DNI N° 46067442; únicamente en el extremo correspondiente al hecho tipificado en el literal r) “Usar las estructuras hidráulicas contrariando las normas respectivas de operación y mantenimiento o variar, deteriorar u obstaculizar el normal mantenimiento y operación de los sistemas de infraestructura hidráulica.” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

SANCIONAR a los señores José Santos Tasayco Saravia, identificado con DNI N° 218550804; Charles Pachas Tipiciano, identificado con DNI N° 21851596 y Saturnino Bonifacio Almeyda, identificado con DNI N° 46067442; con la imposición de una multa de forma individual equivalente a CERO PUNTO CINCO (0.5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haber determinado su responsabilidad administrativa por obstruir la faja marginal del canal de regadío L4 El Mango (bordo derecho) mediante un cerco de caña con una distancia de 45 m de largo desde el punto de las coordenadas (UTM WGS 84) 372,823 mE - 8´514,396 mN hasta 372,821 mE - 8´514,351 mN; mediante plantaciones de guanábano y cerco vivo (chanhuano) del canal de regadío L4 El Mango (bordo izquierdo) con una distancia de 20 m. de largo desde el punto de las coordenadas (UTM WGS 84) 372,824 mE - 8´514,381 mN hasta 372,822 mE – 8´514,360 mN; y mediante plantaciones de guanábano y cerco vivo (chanhuano) en el canal de regadío L4 El Mango (bordo izquierdo) con una distancia de 08 m. de largo desde el punto de las coordenadas (UTM WGS 84) 372,821 mE - 8´514,359 mN hasta 372,821 mE - 8´514,351 mN; respectivamente. Ello sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en infracción en materia de recursos hídricos, tipificada en el numeral 5) “(…) obstruir (…) los cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados” del artículo 120° concordante con el literal o) “(…) obstruir (…) cualquier bien asociado al agua natural o artificial” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG. de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0886-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

AUTORIZAR la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico subterráneo, a la empresa Fundo La Pampa S.A., con RUC Nº 20194993758, cuyas obras corresponden a la perforación de un pozo tipo mixto con fines agrícolas, en reemplazo del pozo tipo mixto con código IRHS-11-01-08-1135.

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. N° 0885-2023-ANA-AAA.CHCH

Resumen

SANCIONAR a la empresa Cía. Minera Jerusalén S.A.C., con RUC N° 20494800838, con una multa equivalente a CUATRO PUNTO CERO (4.0) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha de pago, al haberse determinado su responsabilidad administrativa por la ejecución de obras hidráulicas, consistente en la perforación de un pozo, ubicado en las coordenadas UTM (WGS-84) 575,863 mE – 8’249,219 mN y la obstrucción y desvío de la quebrada Honda desde el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 575,898 mE – 8’249,434 mN hasta las coordenadas UTM (WGS-84) 575,849 mE – 8’249,202 mN, hechos que se encuentran tipificados como infracción en los numerales 3, 5 y 6 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, concordante con los literales b), o) y f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley, Decreto Supremo N° 001-2010-G, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Noviembre, 2023

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua