Autoridad Administrativa del Agua de Madre de Dios
RD N° 0065-2024-ANA-AAA.MDD
Resumen
ARTÍCULO 1.- AUTORIZAR a la empresa MADERERA CANALES TAHUAMANU S.A.C. con RUC N° 20527039305, la instalación de un puente “Consolidado Catahua” de una longitud de 75 metros, de una sola vía en el rio Tahuamanu.
ARTÍCULO 1.- ACREDITAR la disponibilidad hídrica para el otorgamiento de derecho de uso de agua con fines de uso poblacional a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS PIEDRAS, con RUC N° 20213017871, para el desarrollo del proyecto denominado “Mejoramiento, Ampliación del Sistema de Agua Potable y Creación del Sistema de Disposición Sanitaria de Excretas en el Centro Poblado Rural de Puerto Lucerna del Distrito de Las Piedras - Provincia de Tambopata - Departamento de Madre de Dios”,cuya acreditación hídrica es de 41 406.77 m3.
ARTÍCULO 1.- ACREDITAR la Disponibilidad Hídrica Superficial para el otorgamiento de Derecho de Uso de Agua con fines de uso agrario, presentada por el señor Jorge Huaraya Labra con DNI N° 48528020, a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PAUCARTAMBO con RUC N° 20200557159 para el desarrollo del proyecto denominado Creación del Servicio de Provisión de Agua para Riego en la Comunidad Campesina de Collpapata del distrito de Paucartambo de la provincia de Paucartambo del departamento de Cusco”., cuya acreditación hídrica es de 243 978.00 m3.
ARTÍCULO 1.- APROBAR los estudios de Huella Máxima que conforma el ““Estudio de delimitación de la faja marginal de un tramo de 1.5 km del canal lateral de la margen derecha del rio Madre de Dios, ubicada en el centro poblado de Nuevo Edén del distrito de Fitzcarrald, provincia de Manu, Departamento de Madre de Dios”; elaborado de oficio por el área técnica de esta Autoridad Administrativa del Agua, conforme a la metodología establecida en el artículo 10 del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales.
ARTÍCULO 1.- ACREDITAR la disponibilidad hídrica para el otorgamiento de derecho de uso de agua con fines de uso poblacional a favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE PUTINA PUNCO con RUC Nº 20447601690, para el desarrollo del proyecto denominado “Mejoramiento y Ampliación del Servicio de Agua Potable Rural y Creación del Servicio de Alcantarillado u Otras Formas de Disposición Sanitaria de Excretas en el Sector de Charuyo del Distrito de San Pedro de Putina Punco de la Provincia de Sandia del Departamento de Puno” cuya acreditación hídrica es de 20 466.82 m3.
Artículo 1°.- Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 93662.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "Junta Administradora de Servicio de Saneamiento -JASS Lechemayo".
ARTÍCULO 1.- SANCIONAR al señor LEONARDO CCARMECCOA VALDEZ identificado con RUC N° 10246686641, con una MULTA equivalente a cinco coma veinticinco (5,25) UIT, por la infracción calificada como muy grave en materia de agua, por efectuar vertimiento de aguas residuales sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua en la margen derecha del rio Huaypetue proveniente de actividad minera.
Artículo 1°.- Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 24162.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "“JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO” (JASS) DEL CENTRO POBLADO RURAL CARMEN",
Artículo 1°.- Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 20805.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de “JUNTA ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO” (JASS) DEL CENTRO POBLADO RURAL ICACO".
ARTÍCULO 1.- SANCIONAR a la EMPRESA TRANSPORTES FLUVIAL DE HIDROCARBURO INAMBARI S.C.R.L. con RUC N° 20563987163, con una MULTA equivalente a dos coma cero ochenta y nueve (2,089) UIT, por la infracción calificada como grave en materia de agua, por la construcción de obras de infraestructura permanentes y auxiliares para transporte de combustible, que no constituyen obras de infraestructura hidráulica, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.