R.D. N° 0319-2025-ANA-AAA.M
Resumen
DETERMINAR LA NO EXISTENCIA DE INFRACCIÓN, tipificada en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a del artículo 277° de su Reglamento, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; en consecuencia, DISPONER el archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador iniciado a través de la Notificación N° 0081-2024-ANA-AAA.M-ALA.CHCH contra JESÚS CALDERÓN HUAMÁN.