R.D. Nro. 551-2024-ANA-AAA.TIT
Resumen
Declarar, la extinción de la Resolución Administrativa N° 0015-2006-DRA-P/AASP-ATDR.PI, del 31.01.2006, que otorgó licencia con fines Agropecuarios, a los señores Alberto Castillo Choque y Segundo Castillo Velásquez, para el uso de las aguas del riachuelo Collpajahuira margen izquierdo con un caudal de hasta 0.90 l/s, en beneficio de los predios Circalado y Caracara Pampa ubicados en la parcialidad de Llaullinca distrito de Conduriri, provincia El Collao, Sector de Riego Ilave, y, para Alberto Castillo Choque, del manantial Choncoruni con un caudal de hasta 0.25 l/seg., y Pozo Collpa Phujo, con un caudal de hasta 0.10 l/seg., asimismo con fines agropecuarios a Segundo Castillo Velásquez, para el uso de las aguas del manantial Soroco con un caudal de hasta 0.18 l/seg., y Pozo Aro Phujo con un caudal de hasta 0.10 l/seg; y, la Resolución Administrativa N° 005-2009-ANA-ALAI, del 23.01.2009, disponiendo el cambio de nombre, indicado en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 0015-2006-DRA-P/AASP-ATDR.PI.
Otorgar, licencia de uso de agua superficial para uso productivo con fines agrarios, a favor de los señores Alberto Castillo Choque identificado con DNI N° 01873142, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de la Quebrada Collpajahuira, manantial Choncoruni y manantial Collpa Phujo, un volumen anual de 9130 m3/año, para un área bajo riego de 0.60 has, en el predio denominado Circalado, y; al señor Bernardo Castillo Sacari, con DNI N° 80175753, para el aprovechamiento de las aguas provenientes de la Quebrada Collpajahuira y manantial Soroco, por un volumen anual de 6848 m3/año, para un área bajo riego de 0.45 has, en el predio denominado Caracara Pampa, ubicado políticamente en la parcialidad de Llaullinca del distrito de Conduriri, provincia El Collao y departamento de Puno, conforme a las características técnicas contenidas en el Informe Técnico Nº 0160-2024-ANA.AAA.TIT/OMOC.: