IMPONER sanción a la Municipalidad Provincial del Cusco, debidamente representado por su Alcalde el señor Luis Pantoja Calvo, con una multa equivalente DIEZ PUNTO CERO UNO (10.01) UIT-Unidades Impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por “Efectuar vertimiento de aguas residuales”, punto de vertimiento de aguas residuales (lixiviado) hacia la quebrada Jaquira en el sector de Pampahuasi del distrito de Santiago, codificados como ARIN 01, localizado en las coordenadas UTM, DATUM WGS 84, Zona 18 sur, Este: 823079 m, Norte: 8499323 m, el agua residual (Lixiviado) proveniente del botero de residuos sólidos de Jaquira, administrado y conducido por la Municipalidad Provincial del Cusco; conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido en el numerales 9) del artículo 120º de la Ley Nº 29338, en concordancia con el literal d) del artículo 277º de su Reglamento, la misma que debe de ser cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANAMULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar el recibo del depósito a la Administración Local de Agua Cusco, dentro del tercer día de efectuado el mismo.