R.D. N° 0651-2023-ANA-AAA.UV
Resumen
SANCIONAR, al señor Henry Abrill Tapia, identificado con DNI N° 70656420, propietario de planta procesadora – chancadora, del sector de Muyoc, del distrito de Lucre, provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco, con una multa equivalente a Uno punto Cero Uno Unidades Impositivas Tributarias (1.00 UIT) vigente a la fecha de Pago, por infringir lo establecido en el Artículo 121° de la Ley de Recursos Hídricos, señala que las infracciones en materia de agua se pueden calificar como leves, graves o muy graves, en concordancia con el artículo 278° inciso 278.3 literal d) del reglamento de la misma ley aprobado mediante D.S N° 001- 2010-AG indica que no podrá ser calificada como infracción leve, Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua sin autorización, el deposito deberá efectuarse a la Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Cusco, dentro del tercer día de efectuado el mismo.