R.TNRCH. Nº 0376-2025-ANA

Resumen

CUT: 272831-2023.

IMPUGNANTE: Nicanor Gómez Calderón.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La ejecución de una obra hidráulica de contención en una fuente natural requiere de autorización de la Autoridad Nacional del Agua..

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

769-2024

Sumilla

La ejecución de una obra hidráulica de contención en una fuente natural requiere de autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0375-2025-ANA

Resumen

CUT: 108190-2023.

IMPUGNANTE: Empresa Prestadora de Servicios Rioja S.A. - EPS Rioja S.A..

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento que realizan vertimientos sin autorización, y que no cuentan con RUPAP, son responsables de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

789-2024

Sumilla

Las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento que realizan vertimientos sin autorización, y que no cuentan con RUPAP, son responsables de la infracción.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0367-2025-ANA

Resumen

CUT: 228698-2019.

IMPUGNANTE: Santos Selestino Chambe Pihuaycho y otros.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso del agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua hasta el 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

SENTIDO: Infundados

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1068-2024

Sumilla

El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera pública, pacífica y continua hasta el 31.12.2014.

Marco normativo

Artículos 3º, 4º y 6 del Decreto Supremo Nº 007-2015-MINAGRI, artículos 2º, 3º, 4º de la Resolución Jefatural Nº 177-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0373-2025-ANA

Resumen

CUT: 208267-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La disponibilidad hídrica puede sustentarse en recursos hídricos que han sido revertidos al Estado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1395-2024

Sumilla

La disponibilidad hídrica puede sustentarse en recursos hídricos que han sido revertidos al Estado.

Marco normativo

Artículo 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0372-2025-ANA

Resumen

CUT: 266992-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Sama.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La disponibilidad hídrica puede sustentarse en recursos hídricos que han sido revertidos al Estado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1177-2024

Sumilla

La disponibilidad hídrica puede sustentarse en recursos hídricos que han sido revertidos al Estado

Marco normativo

Artículo 80º y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, y el artículo 13º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0363-2025-ANA

Resumen

CUT: 196662-2024.

IMPUGNANTE: Carlos Alberto Ramírez Morales.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento por cambio de titular procede cuando se ha acreditado la transferencia por parte del titular de la licencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

227-2025

Sumilla

La extinción y otorgamiento por cambio de titular procede cuando se ha acreditado la transferencia por parte del titular de la licencia.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0362-2025-ANA

Resumen

CUT: 173847-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Huaura.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

SUMILLA: El botadero municipal que ocupa la faja marginal constituye infracción en materia de recursos hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral y 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

537-2024

Sumilla

El botadero municipal que ocupa la faja marginal constituye infracción en materia de recursos hídricos.

Marco normativo

Numeral y 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0359-2025-ANA

Resumen

CUT: 62511-2023.

IMPUGNANTE: José Cupertino Calderón Malvas.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Corresponde denegar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando en el balance se determina que existe déficit hídrico en la fuente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

067-2025

Sumilla

Corresponde denegar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando en el balance se determina que existe déficit hídrico en la fuente.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0358-2025-ANA

Resumen

CUT: 81103-2023.

IMPUGNANTE: Carmen Apolinaria Cárdenas Salas.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Afectar o impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua, Dañar las obras de infraestructura hidráulica pública.

SUMILLA: La destrucción de la obra de captación y de la tubería de conducción que imposibilita el uso del agua configura las infracciones de dañar las obras e impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numerales 4 y 12 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

575-2024

Sumilla

La destrucción de la obra de captación y de la tubería de conducción que imposibilita el uso del agua configura las infracciones de dañar las obras e impedir el ejercicio de un derecho de uso de agua.

Marco normativo

Numerales 4 y 12 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0356-2025-ANA

Resumen

CUT: 3597-2024.

IMPUGNANTE: Municipalidad de centro poblado de Víctor Raúl Haya de la Torre.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: La imputación de cargos no requiere de la emisión de una resolución administrativa para su validez.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 254° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1294-2024

Sumilla

La imputación de cargos no requiere de la emisión de una resolución administrativa para su validez.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 254° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor