R.TNRCH. Nº 0402-2025-ANA

Resumen

CUT: 25597-2024.

IMPUGNANTE: Corporación Agroexportica S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No procede el otorgamiento de derechos de uso de agua en los acuíferos declarados en veda.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 330-2011-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

737-2024

Sumilla

No procede el otorgamiento de derechos de uso de agua en los acuíferos declarados en veda.

Marco normativo

Artículo 3º de la Resolución Jefatural Nº 330-2011-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0401-2025-ANA

Resumen

CUT: 195326-2023.

IMPUGNANTE: Stephane Guerini.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Obstruir los bienes asociados al agua.

SUMILLA: Las fajas marginales, constituyen un bien natural asociado al agua, por lo que su obstrucción constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

714–2024

Sumilla

Las fajas marginales, constituyen un bien natural asociado al agua, por lo que su obstrucción constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Literal o) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0399-2025-ANA

Resumen

CUT: 131987-2024.

IMPUGNANTE: Germán Ore Parra.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La presentación de solicitudes no faculta al administrado la ejecución de obras hidráulicas.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su Reglamento y numeral 278.2 del artículo 278º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

093-2025

Sumilla

La presentación de solicitudes no faculta al administrado la ejecución de obras hidráulicas.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277º de su Reglamento y numeral 278.2 del artículo 278º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0397-2025-ANA

Resumen

CUT: 269319-2023.

IMPUGNANTE: Eduardo Jorge Pella Ato.

ÓRGANO: ALA Medio y Bajo Piura.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Aguas de retorno, drenaje y filtraciones.

SUMILLA: No corresponde otorgar permiso de uso de aguas por filtraciones cuando la captación es de una fuente natural.

MARCO NORMATIVO: Artículos 59º y 60º de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 88.1 del artículo 88º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

782-2024

Sumilla

No corresponde otorgar permiso de uso de aguas por filtraciones cuando la captación es de una fuente natural.

Marco normativo

Artículos 59º y 60º de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 88.1 del artículo 88º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0396-2025-ANA

Resumen

CUT: 36058-2024.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jaén – San Ignacio.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es improcedente la oposición en el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica cuando en el balance hídrico se demuestra que hay superávit hídrico en la fuente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

066-2025

Sumilla

Es improcedente la oposición en el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica cuando en el balance hídrico se demuestra que hay superávit hídrico en la fuente.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0392-2025-ANA

Resumen

CUT: 36233-2024.

IMPUGNANTE: Asociación Turística de Cortadores y Artesanos Ruta del Sillar Canteras Arequipa.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras en fuentes naturales o infraestructura hidráulica pública multisectorial.

SUBMATERIA: Obras mínimas.

SUMILLA: Es improcedente la autorización de ejecución de obras mínimas cuando la solicitud no contiene la información técnica relacionada con dichas obras.

MARCO NORMATIVO: Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1033-2024

Sumilla

Es improcedente la autorización de ejecución de obras mínimas cuando la solicitud no contiene la información técnica relacionada con dichas obras.

Marco normativo

Artículo 38° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0390-2025-ANA

Resumen

CUT: 41305-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Pacarán.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización.

SUMILLA: No procede aplicar el atenuante cuando no ha existido un reconocimiento expreso de responsabilidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

530-2024

Sumilla

No procede aplicar el atenuante cuando no ha existido un reconocimiento expreso de responsabilidad.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 257° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal d) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0386-2025-ANA

Resumen

CUT: 48770-2024.

IMPUGNANTE: Margarita Barrantes Vda. De Arroyo.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras hidráulicas en la fuente natural del agua sin autorización.

SUMILLA: La omisión de informar el plazo de los recursos en la notificación constituye un vicio no transcendente del acto administrativo, en especial si el administrado interpuso el recurso oportunamente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3, 10 y numeral 24.1.6 del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

009-2025

Sumilla

La omisión de informar el plazo de los recursos en la notificación constituye un vicio no transcendente del acto administrativo, en especial si el administrado interpuso el recurso oportunamente.

Marco normativo

Artículo 3, 10 y numeral 24.1.6 del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0383-2025-ANA

Resumen

CUT: 170283-2023.

IMPUGNANTE: Juan Antonio García Ormeño.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.

SUMILLA: Los actos válidos dictados con la legislación anterior no pierden vigencia por el solo hecho del cambio normativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1194-2024

Sumilla

Los actos válidos dictados con la legislación anterior no pierden vigencia por el solo hecho del cambio normativo.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0382-2025-ANA

Resumen

CUT: 32399-2024.

IMPUGNANTE: Violeta Santa Cano Orozco.

ÓRGANO: ALA Medio Apurímac - Pachachaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar la faja marginal.

SUMILLA: La junta de usuarios carece de competencia para autorizar la ocupación o ejecución de obras en fuentes naturales.

MARCO NORMATIVO: Literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 8 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

864-2024

Sumilla

La junta de usuarios carece de competencia para autorizar la ocupación o ejecución de obras en fuentes naturales.

Marco normativo

Literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 8 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor