R.TNRCH. Nº 0137-2025-ANA

Resumen

CUT: 230043-2023.

IMPUGNANTE: Luis Alberto Bautista Figueroa.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización. 

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica, no constituye un título habilitante para usar el recurso hídrico, por lo cual se configura la infracción de utilizar el recurso hídrico sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1089-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica, no constituye un título habilitante para usar el recurso hídrico, por lo cual se configura la infracción de utilizar el recurso hídrico sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0135-2025-ANA

Resumen

CUT: 104416-2023.

IMPUGNANTE: Rubí Daniela Carcausto Challco.

ÓRGANO: TNRCH.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Recurso de reconsideración

SUMILLA: Los permisos otorgados expresamente con carácter temporal, en el marco la legislación anterior y que no se encuentran reconocidos en la norma actual, quedaron extinguidos

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

048-2024

Sumilla

Los permisos otorgados expresamente con carácter temporal, en el marco la legislación anterior y que no se encuentran reconocidos en la norma actual, quedaron extinguidos.

Marco normativo

Numeral 213.2 del artículo 213° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0134-2025-ANA

Resumen

CUT: 61267-2023.

IMPUGNANTE: Francisco Chunga Bayona.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla,

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: La sustitución del titular en una licencia de uso de agua por una persona que no formó parte de un procedimiento culminado, no constituye una rectificación de error material.

MARCO NORMATIVO: Subnumeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV y numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

632-2024

Sumilla

La sustitución del titular en una licencia de uso de agua por una persona que no formó parte de un procedimiento culminado, no constituye una rectificación de error material.

Marco normativo

Subnumeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV y numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0142-2025-ANA

Resumen

CUT: 263620-2023.

IMPUGNANTE: Estación de Servicios Hnos. Argandoña S.C.R.L.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: La infracción de ocupar la faja marginal sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua es de carácter permanente, por tanto, si se mantiene dicha acción no se inicia el cómputo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1203-2024

Sumilla

La infracción de ocupar la faja marginal sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua es de carácter permanente, por tanto, si se mantiene dicha acción no se inicia el cómputo.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0133-2025-ANA

Resumen

CUT: 269845-2024.

IMPUGNANTE: Ana Beatriz Turpo Gibera.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador Aspectos generales.

SUBMATERIA: Medida cautelar.

SUMILLA: Es suficiente que la autoridad haya iniciado el procedimiento administrativo sancionador para que dicte una medida cautelar en situaciones de urgencia.

MARCO NORMATIVO: Numeral 256.1 del artículo 256º y numeral 157.2 del artículo 157º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

079-2025

Sumilla

Es suficiente que la autoridad haya iniciado el procedimiento administrativo sancionador para que dicte una medida cautelar en situaciones de urgencia.

Marco normativo

Numeral 256.1 del artículo 256º y numeral 157.2 del artículo 157º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0141-2025-ANA

Resumen

CUT: 22121-2024.

IMPUGNANTE: Elena Fernández Delgado.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras sin autorización.

SUMILLA: No corresponde aplicar condiciones atenuantes de la responsabilidad cuando el infractor es reincidente en la comisión de la infracción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

949-2024

Sumilla

No corresponde aplicar condiciones atenuantes de la responsabilidad cuando el infractor es reincidente en la comisión de la infracción.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0130-2025-ANA

Resumen

CUT: 265245-2023.

IMPUGNANTE: Gabriel Rufino Chávez Quiñonez.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: La sanción se impone en proporción a la magnitud de las infracciones cometidas después de evaluar los criterios específicos establecidos en la norma.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1162-2024

Sumilla

La sanción se impone en proporción a la magnitud de las infracciones cometidas después de evaluar los
criterios específicos establecidos en la norma.

Marco normativo

Numerales 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0129-2025-ANA

Resumen

CUT: 129037-2021.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de servicios de Saneamiento – JASS del Caserío Olichoco.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de Agua.

SUBMATERIA: Modificación de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La incorporación de una nueva fuente natural de agua a una licencia requiere que se acredite la disponibilidad hídrica, y que las obras de aprovechamiento hídrico estén debidamente autorizadas.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

423-2021

Sumilla

La incorporación de una nueva fuente natural de agua a una licencia requiere que se acredite la disponibilidad hídrica, y que las obras de aprovechamiento hídrico estén debidamente autorizadas.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0128-2025-ANA

Resumen

CUT: 227546-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Rímac.

ÓRGANO: ALA Chillón Rímac Lurín.

MATERIA: Instrumentos técnicos para suministro de agua.

SUBMATERIA: Modificación del Plan de Operación y Mantenimiento de la Infraestructura Hidráulica.

SUMILLA: Es improcedente la modificación del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica cuando se ejecutó antes de ser aprobado previamente por la Administración Local de Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 25º del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 0155- 2022-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

886-2024

Sumilla

Es improcedente la modificación del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura  Hidráulica cuando se ejecutó antes de ser aprobado previamente por la Administración Local de Agua.
 

Marco normativo

Artículo 25º del Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica, aprobado mediante  la Resolución Jefatural Nº 0155- 2022-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0127-2025-ANA

Resumen

CUT: 218162-2022.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Rímac.

ÓRGANO: ALA Chillón Rímac Lurín.

MATERIA: Aprobación del Plan de Infraestructura Hidráulica.

SUBMATERIA: Modificación del Plan de Operación y Mantenimiento de la Infraestructura Hidráulica.

SUMILLA: Es improcedente la modificación del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica cuando se ejecutó antes de ser aprobado previamente por la Administración Local de Agua.

MARCO NORMATIVO: Literal p) del artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

732-2024

Sumilla

Es improcedente la modificación del Plan de Operación, Mantenimiento y Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica cuando se ejecutó antes de ser aprobado previamente por la Administración Local de Agua.
 

Marco normativo

Literal p) del artículo 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor