R.TNRCH. Nº 0781-2025-ANA

Resumen

CUT: 173803-2022.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura.

ÓRGANO: AAA Cañete – Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad.

SUMILLA: Los denunciantes en un procedimiento administrativo sancionador carecen de legitimidad para interponer recursos.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º, numeral 1 del artículo 255º del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1330-2024

Sumilla

Los denunciantes en un procedimiento administrativo sancionador carecen de legitimidad para interponer recursos

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º, numeral 1 del artículo 255º del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0773-2025-ANA

Resumen

CUT: 41841-2024.

IMPUGNANTE: Comunidad Nativa Manco Cápac- Río Puinahua.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Las cartas informativas no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

447-2025

Sumilla

Las cartas informativas no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 1º, numeral 120.1 del artículo 120º y numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0768-2025-ANA

Resumen

CUT: 147857-2025.

SOLICITANTE: Angélica María Mendoza Martínez.

ÓRGANO: AAA – Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: El Tribunal no tiene competencia para atender consultas, por lo cual una queja sobre dicha materia es improcedente.

MARCO NORMATIVO: Artículos 122° y 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

789-2025

Sumilla

El Tribunal no tiene competencia para atender consultas, por lo cual una queja sobre dicha materia es improcedente.

Marco normativo

Artículos 122° y 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0766-2025-ANA

Resumen

CUT: 120945-2025.

IMPUGNANTE: Víctor Manuel Sullasi Ancasi.

ÓRGANO: ALA Camaná Majes.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: No constituye acto administrativo la carta que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable; sin perjuicio de que el Tribunal disponga actuaciones de oficio.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numerales 217.1 y 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

625-2025

Sumilla

No constituye acto administrativo la carta que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable; sin perjuicio de que el Tribunal disponga actuaciones de oficio

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numerales 217.1 y 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0740-2025-ANA

Resumen

CUT: 72882-2024.

IMPUGNANTE: Santiago Tinco Tupa.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Denuncia administrativa.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad.

SUMILLA: Los denunciantes no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º, numeral 1 del artículo 255° del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

140-2024

Sumilla

Los denunciantes no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º, numeral 1 del artículo 255° del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0731-2025-ANA

Resumen

CUT: 114289-2025.

IMPUGNANTE: Hermecides Pérez Espinoza.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

620-2025

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0727-2025-ANA

Resumen

CUT: 271179-2024.

IMPUGNANTE: Crisanto Darío Robles Tolentino.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

197-2025

Sumilla

La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0722-2025-ANA

Resumen

CUT: 105141-2025.

IMPUGNANTE: Nicolas Félix Monge Grimaldi.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

520-2025

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0721-2025-ANA

Resumen

CUT: 96180-2025.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua Matog.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Intervención de terceros.

SUMILLA: La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente. 

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

492-2025

Sumilla

La intervención de terceros no procede cuando el procedimiento ha concluido, por lo que resulta innecesario evaluar la legitimidad.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artÌculo 71º del Texto ⁄nico Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0719-2025-ANA

Resumen

CUT: 106515-2025.

SOLICITANTE: Elmer Guillermo García Ecos.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: En el procedimiento de extracción de material de acarreo iniciado antes las municipalidades, la Autoridad Nacional del Agua solo emita una opinión técnica, en tal sentido, no corresponde conocer quejas por defecto de tramitación.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 1 de la Ley N° 28221.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Julio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

523-2025

Sumilla

En el procedimiento de extracción de material de acarreo iniciado antes las municipalidades, la Autoridad Nacional del Agua solo emita una opinión técnica, en tal sentido, no corresponde conocer quejas por defecto de tramitación.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Genera y artículo 1 de la Ley N° 28221.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas