R.TNRCH. Nº 0250-2025-ANA
Resumen
CUT: 99379-2022.
IMPUGNANTE: Comité de Usuarios de Agua Ccatonsoccos – Añancusi.
ÓRGANO: TNRCH.
MATERIA: Procedimiento administrativo general.
SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.
SUMILLA: El recurso de reconsideración se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.
MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
El recurso de reconsideración se declara improcedente por extemporáneo cuando se interpone después de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contado desde el día siguiente de la notificación.
Marco normativo
Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.