Autoridad Administrativa del Agua Cañete - Fortaleza
RESOLUCION DIRECTORAL N° 1365-2024-ANA-AAA.CF
Resumen
Rectificar de oficio el error material incurrido en el extremo de su parte considerativa y resolutiva de la Resolución Directoral 1171-2024-ANA-AAA.CF de 2024- 09-30.
Aprobar la conformación del Grupo de Trabajo del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas de Cuenca Interregionales Mala Omas Cañete y Topara.
Ampliar el plazo de vigencia por única vez de la Resolución Directoral 700-2023-ANA-AAA.CF, prorrogada con Resolución Directoral 0365-2024-ANAAAA.CF, que autorizó la ejecución de obras en fuentes naturales de agua o infraestructura multisectorial, para el proyecto «Paquete Q-04 para la entrega de la Solución Integral de la Quebrada Huaycoloro» (Proyecto Huaycoloro) con CUI 2525796; por un periodo de once (11) meses, sujeto a lo establecido en la referida resolución y que será contabilizado a partir del día siguiente de finalizado el plazo prorrogado es decir a partir del 2024-10-28 y que finalizará el 2025-09-28, a favor de la empresa China International Water & Electric Corp. Perú en adelante CWE, por encargo de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN).
Aprobar la acreditación de disponibilidad hídrica superficial con fines de uso agrario a favor de la señora Josselyn Gabriela Diaz Capcha, con DNI 47921431, para el predio denominado “Fundo el Viñal”, de 1,879 ha bajo riego, ubicadas en el Sector San José, distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima.
Disponer que se adjunte a la presente resolución el Informe Técnico 005-2024-ANA-AAA.CF/PAAACF21 de 16.07.2024.
Declarar infundado el recurso impugnativo de reconsideración presentado por el señor César Antonio Baylón Flores, con DNI 15750149, gerente general de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte S.A., con RUC 20158820260, en contra de la Resolución Directoral 1074-2024-ANA-AAA.CF.
Sancionar, administrativamente al señor Pedro Segundo Ibarra Álvarez con DNI 09221319, por haber impedido la realización de la diligencia de inspección ocular en su predio al personal encargado dispuesta por la Administración Local de Agua Chillón Rímac Lurín, infringiendo el numeral 7) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos 29338; en concordancia con el literal l), del artículo 277° del Reglamento, imponiéndose una multa ascendente a dos (2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT)
Autorizar, la ejecución de obras en fuentes naturales de agua o infraestructura multisectorial, a favor de la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. - Cálidda, con RUC 20503758114, para el proyecto «ACC0-24-080 CRUCE DE RIO NUEVA CIUDAD AEROPUERTO».
Extinguir la licencia de uso de agua superficial con fines de uso agrario, otorgado mediante Resolución Administrativa 100-2005/AG/ATDR.CHRL, a favor del señor Guillermo Quispe Llamocury, para el predio con el código UC 04132, superficie bajo riego de 0,5000 ha, y un Volumen máximo anual de 8 082 m3 /año, por caducidad, bajo la causal de concluir el objeto para el que se otorgó el derecho.
Conceder por única vez, la prórroga del plazo de vigencia de la Resolución Directoral 0881-2022-ANA-AAA.CF, bajo las mismas características, a favor del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, por un plazo similar al primigenio, esto es de dos (2) años calendario, computado el plazo con eficacia anticipada a partir del día siguiente del vencimiento del plazo primigenio esto es desde el 2024-08-16 y vencerá indefectiblemente el 2026-08-16.