ACUMULAR el expediente con registro CUT N°184812-2023 al presente expediente administrativo por guardar conexión entre sí.
SANCIONAR administrativamente a la empresa Century City Development Corporation 1 S.A. con RUC N°20603034351 por la infracción al numeral 7) del artículo 120º la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal l) del artículo 277º de su Reglamento, con una multa ascendente a tres coma cinco (3,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y b) A la empresa Century City Development Corporation 2 S.A., con RUC Nº20602875700, por la infracción al numeral 7) del artículo 120º la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal l) del artículo 277º de su Reglamento, con una multa ascendente a tres coma cinco (3,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente al momento del pago, las mismas que deberán ser abonadas en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitirse a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo Boucher de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firme la presente resolución.