Sancionar administrativamente a los siguientes infractores: i) Alejandro Baca Marcos con DNI 07890963 imponiéndose una multa ascendente a (2,1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago; ii) José Alexander Baca Carhuancho con DNI 45852035, imponiéndose una multa ascendente a (2,1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago, iii) Emma Luisa Ames Achachau con DNI 08917449, imponiéndose una multa ascendente a (2,1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago, iv) Carmen Rosa Yupanqui Ventura con DNI 09221035, imponiéndose una multa ascendente a (2,1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago, e, v) Irma Espinoza Tambrayco con DNI 10499812, imponiéndose una multa ascendente a (2,1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT), vigente a la fecha de pago, todas por infringir el numeral 5) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal o) del artículo 277° de su Reglamento, que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000877174 correspondiente a la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del respectivo Boucher de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.