SANCIONAR a la Municipalidad Distrital de Yauca, con RUC N° 20162664426, con una multa equivalente a DOS PUNTO CINCO (2.5) Unidades Impositivas Tributarias, (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por haber construido una obra denominada Parque Infantil Los Olivos sobre el Canal Lateral Los Montoya, Canal Secundario del Canal Principal La Playa, tapando dicho Canal con una loza de concreto a una distancia de 20 metros de largo por unos 06 metros de ancho, exactamente en el punto de las coordenadas UTM (WGS84) 055,0929 mE – 8´267,603 mN. a una altura de 23 m.s.n.m, del distrito de Yauca, provincia de Caravelí, región Arequipa, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción tipificada en el numeral 5 “Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados” del artículo 120º de la Ley N° 29338- Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal o) “Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial” del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.