R.D. N° 0213-2024-ANA-AAA.CHCH
Resumen
SANCIONAR al señor Julio Corpus Garay Valenzuela, identificado con DNI N° 22064301, con una multa equivalente a CERO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO (0.54) Unidades Impositivas Tributarias, (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por perforación de un pozo tipo tajo abierto (pozo cocha), localizado en las coordenadas UTM (WGS-84-18 L) 494,229 mE– 8´360,433 mN, del sector Ayapana, distrito y provincia de Nasca y región de Ica, así como utilizar el recurso hídrico subterráneo, sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, ; incurriendo en la infracción tipificada en el numeral 1) “Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso” y el numeral 3) “La ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, del Artículo 120° de la Ley N°29338-Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) “Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua o autorización de la Autoridad Nacional del Agua” el literal b) “Construir sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras permanentes en las fuentes naturales de agua” del Artículo 277° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado por el Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos glosados en la parte considerativa de la presente resolución.