SANCIONAR al señor Juan Elías Salazar Maldonado, identificado con DNI N° 22295453 con la imposición de una multa equivalente a UNO PUNTO NUEVE (1.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la ejecución de obra hidráulica permanente, consistente en la perforación reciente de un pozo subterráneo tipo tajo abierto, ubicado geográficamente en el punto de las coordenadas DATUM UTM (WGS-84) 374,641 mE – 8’487,372 mN; y políticamente en el sector Pasaje 4 contiguo a la carretera panamericana sur, distrito de San Clemente, provincia de Pisco, región Ica, sin contar con la autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua; incurriendo en infracción en la normatividad en materia de recursos hídricos, de acuerdo al numeral 3) del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos – Ley N° 29338 “Ejecución de Obras Hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos “Construir (…) sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, obras e cualquier tipo, en las fuentes naturales del Agua”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG, modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral.