Sancionar a la Municipalidad Distrital de Acobmabilla, con una multa equivalente a tres coma cero (3,0) Unidades Impositivas Tributarias, al haberse configurado la comisión de la infracción GRAVE, tipificada en el numeral 9) del artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal "d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, consistente en: “Efectuar un vertimiento de agua residual hacía el río Jordán, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, desde la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Municipales, hacia la margen derecha del río Jordán, ubicado en el Centro Poblado de Acobambilla, distrito de Acobambilla, provincia y departamento de Huancavelica.