R.TNRCH. Nº 0404-2025-ANA

Resumen

CUT: 236229-2022.

IMPUGNANTE: GRIFO SERVICENTRO SONIA E.I.R.L..

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

0021-2025

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0403-2025-ANA

Resumen

CUT: 56443-2021.

SOLICITANTE: Agromariategui S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 2 años desde que el acto quedó consentido..

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General..

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1246-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 2 años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0393-2025-ANA

Resumen

CUT: 211427-2023.

SOLICITANTE: Hermelinda Mamani Cari.

ÓRGANO: ALA Ocoña-Pausa.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: El Tribunal no es competente para declarar la nulidad de una sucesión intestada otorgada ante notario, por lo cual es válido el acto administrativo que se sustenta en dicho título.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Martes, 22 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1044-2024

Sumilla

El Tribunal no es competente para declarar la nulidad de una sucesión intestada otorgada ante notario, por lo cual es válido el acto administrativo que se sustenta en dicho título.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0387-2025-ANA

Resumen

CUT: 141891-2023.

SOLICITANTE: Carlos Augusto Calvo Ramos.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Extinción de licencia por caducidad.

SUMILLA: Si la extinción de un derecho de uso de agua fue consentida no puede alegarse afectación al interés público o de derechos fundamentales.

MARCO NORMATIVO: Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 3 del artículo 70° y numeral 4 del artículo 71° de la Ley de Recursos Hídricos, literal d del numeral 102.3 del artículo 102° de su Reglamento.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1190-2024

Sumilla

Si la extinción de un derecho de uso de agua fue consentida no puede alegarse afectación al interés público o de derechos fundamentales

Marco normativo

Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 3 del artículo 70° y numeral 4 del artículo 71° de la Ley de Recursos Hídricos, literal d del numeral 102.3 del artículo 102° de su Reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0385-2025-ANA

Resumen

CUT: 205427-2024.

SOLICITANTE: Comité de regantes Manante Yanamaycucho.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No existe afectación a terceros cuando la acreditación se otorga en una fuente distinta de aquella respecto a la cual se otorgó un derecho.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 80 y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1292-2024

Sumilla

No existe afectación a terceros cuando la acreditación se otorga en una fuente distinta de aquella respecto a la cual se otorgó un derecho.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 80 y 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0381-2025-ANA

Resumen

CUT: 114208-2024.

SOLICITANTE: AAA Pampas - Apurímac.

ÓRGANO: ALA Medio Apurímac - Pachachaca.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto quedó consentido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito y devolver el expediente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1325-2024

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0380-2025-ANA

Resumen

CUT: 2002-2024.

SOLICITANTES: Elba Aurora Guardamino Zavala, Amancia Lucrecia Guardamino Zavala, Lucinda Catalina Guardamino Zavala.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica certifica la existencia de agua en cantidad, calidad y oportunidad, no la condición de propietario o poseedor.

MARCO NORMATIVO: Literal c) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

754-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica certifica la existencia de agua en cantidad, calidad y oportunidad, no la condición de propietario o poseedor.

Marco normativo

Literal c) del numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0379-2025-ANA

Resumen

CUT: 83455-2023.

SOLICITANTE: Mariela Victoria Villar Castro.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Si se invoca un título de transferencia lo que corresponde es que se solicite la extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 660° del Código Civil, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

297-2025

Sumilla

Si se invoca un título de transferencia lo que corresponde es que se solicite la extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Artículo 660° del Código Civil, numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el numeral 23.2 del artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0365-2025-ANA

Resumen

CUT: 277853-2023.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios Fundo Mamorosa.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1192-2024

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0361-2025-ANA

Resumen

CUT: 18252-2024.

IMPUGNANTE: Faustina Adalguiza Quintana Huamaní.

ÓRGANO: ALA Ocoña-Pausa.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Para la acreditación de disponibilidad hídrica no se requiere demostrar la condición de propietario o posesionario legítimo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3° del Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Abril, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

195-2024

Sumilla

Para la acreditación de disponibilidad hídrica no se requiere demostrar la condición de propietario o posesionario legítimo.

Marco normativo

Artículo 3° del Decreto Supremo N° 006-2021-MIDAGRI y artículo 3° de la Resolución Jefatural N° 107-2021-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor