R.TNRCH. Nº 0384-2020-ANA
Resumen
CUT N°: 29637-2020.
IMPUGNANTE: Lizardo Moreno Prado.
ÓRGANO: AAA Ucayali.
SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral N° 020-2020-ANA-AAA.UCAYALI, debido a que no se ha configurado ninguna de las causales de nulidad previstas en el articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua
SUB MATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.
MARCO NORMATIVO: articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: No haber Merito
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Al haber desvirtuado el concepto erróneo del solicitante al señalar que se otorgó una licencia de uso de agua a favor del señor Rodolfo Moreno, el cual resultaria ilegal, se debe precisar que como se ha indicado en la presente resolución este es un procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica en el cual solo se analiza si existe la disponibilidad del agua solicitada y que esta sea apropiada en calidad, cantidad y oportunidad; y no se requiere la acreditación de propiedad.
Marco normativo
articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.