R.TNRCH. Nº 0219-2025-ANA

Resumen

CUT: 215580-2023.

IMPUGNANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO:  AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Agua subterránea.

SUMILLA: Corresponde devolver el expediente cuando la autoridad no ha resuelto el recurso de reconsideración interpuesto en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Devolver el expediente.

Fecha de Resolución

Martes, 11 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

974-2024

Sumilla

Corresponde devolver el expediente cuando la autoridad no ha resuelto el recurso de reconsideración interpuesto en el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 219° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0132-2025-ANA

Resumen

CUT: 18790-2025.

SOLICITANTE: Graciano Alfredo León Minaya.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es la competente para evaluar quejas por defecto de tramitación dirigidos contra la Unidad de Ejecución Coactiva.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículos 28°, 29° y 33° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Nacional del Agua. 

SENTIDO: Remitir expediente.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

116-2024

Sumilla

El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas no es la competente para evaluar quejas
por defecto de tramitación dirigidos contra la Unidad de Ejecución Coactiva.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículos 28°, 29° y 33° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua.  

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1275-2024-ANA

Resumen

CUT: 45450-2022.

SOLICITANTE: AAA Cañete Fortaleza.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Nulidad de oficio.

SUMILLA: No procede la revisión de oficio cuando se trata de procedimientos en trámite en los que no existe resolución final.

MARCO NORMATIVO: Artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: Devolver el expediente.

Fecha de Resolución

Martes, 03 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

424-2024

Sumilla

No procede la revisión de oficio cuando se trata de procedimientos en trámite en los que no existe resolución final

Marco normativo

Artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1249-2024-ANA

Resumen

CUT: 169947-2023.

IMPUGNANTE: Jorge Humberto Chávez Quesquén.

ORGANO: ALA Zaña.

MATERIA: Nulidad de Oficio.

SUBMATERIA: Reclamo sobre distribución o asignación de recursos hídricos.

SUMILLA: El Tribunal no es competente para resolver pedidos de nulidad de oficio cuando la última instancia es la Administración Local de Agua tratándose de reclamos de usuarios ante la Junta respectiva.

MARCO NORMATIVO: Numeral 25.1 del literal b) del artículo 25° y la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua (Derogada); literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos (vigente), literal c) del artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 31801, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDAGRI y numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Remitir el expediente.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

262-2024

Sumilla

El Tribunal no es competente para resolver pedidos de nulidad de oficio cuando la última instancia es la Administración Local de Agua tratándose de reclamos de usuarios ante la Junta respectiva.

Marco normativo

Numeral 25.1 del literal b) del artículo 25° y la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30157, Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua (Derogada); literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° de la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos (vigente), literal c) del artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 31801, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2024-MIDAGRI y numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0807-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 65690-2024,

SOLICITANTE: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Modificación de la resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

723-2024

Sumilla

Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0806-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 74856-2024.

SOLICITANTE: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Modificación de la resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

711-2024

Sumilla

Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0805-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 82190-2024.

SOLICITANTE: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Modificación de la resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

712-2024

Sumilla

Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0804-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 82593-2024.

SOLICITANTE: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Modificación de la resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

708-2024

Sumilla

Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0803-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 2002-2024.

SOLICITANTE: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Modificación de la resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

754-2024

Sumilla

Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0802-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 32792-2024.

SOLICITANTE: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Modificación de la resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 19 Agosto, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

659-2024

Sumilla

Con la finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los administrados, así como la celeridad y eficacia de sus procedimientos en materia de recursos hídricos, el expediente se remite a la Autoridad Administrativa del Agua donde se inició el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas