R.TNRCH. Nº 0042-2025-ANA

Resumen

CUT: 23663-2023.

IMPUGNANTES: Karla Nickol Gamarra Jara, Alan Gamarra Salazar, Ramiro Leopoldo Gamarra Giráldez, Natalia Yesica Gamarra Salazar,  Mariella Bertha Gamarra Giráldez, Patricia Vanessa Gamarra Paredes, Álvaro Justo Gamarra Giráldez.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: - Construir o modificar obras sin autorización.
                          - Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica.

SUMILLA: El propietario de un predio no puede destruir un canal de regadío, aunque este se ubique dentro de los linderos de su predio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley, numeral 2 del artículo 62º y Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en parte, reducir la multa, no haber mérito e improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

532-2024

Sumilla

El propietario de un predio no puede destruir un canal de regadío, aunque este se ubique dentro de los linderos de su predio.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277° del Reglamento de la citada Ley, numeral 2 del artículo 62º y Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1230-2024-ANA

Resumen

CUT: 205655-2023.

IMPUGNANTE: Heberto Hiran García Ramírez.

ORGANO: ALA Iquitos.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Dañar u obstruir los bienes asociados al agua.

SUMILLA: Es nula la resolución que deniega el reconocimiento de un comité sustentada en observaciones no relacionadas a los requisitos del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Fundado en parte.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

333-2024

Sumilla

El cauce de la quebrada, constituye un bien natural asociado al agua, por lo que su obstrucción constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del artículo 277º de su Reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1187-2024-ANA

Resumen

CUT: 45954-2023.

IMPUGNANTE: Ana Beatriz Turpo Gibera.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales y arrojar residuos sólidos en cauces o cuerpos de agua natural o artificial.  

SUMILLA: Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación con un contenedor a modo de vivienda constituye infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su reglamento. 

SENTIDO: Fundado en parte/ Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Noviembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

295-2024

Sumilla

Las fajas marginales constituyen bienes de dominio público hidráulico, por lo que la ocupación con un contenedor a modo de vivienda constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1148-2024-ANA

Resumen

CUT: 270921-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo.

SOLICITANTE: Planicie Mejía S.A.C.

ORGANO: ALA Tambo-Alto Tambo.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: La extinción y otorgamiento exige mantener las condiciones del derecho primigenio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Fundado en parte y carece de objeto.

Fecha de Resolución

Viernes, 25 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

557-2024

Sumilla

La extinción y otorgamiento exige mantener las condiciones del derecho primigenio.

Marco normativo

Numeral 65.3 del artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0637-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 51857-2023.

IMPUGNANTE: José Juan Gualberto León Huaco.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador -  aspectos generales.

SUBMATERIA: Principios / Debido procedimiento.

SUMILLA: No puede sancionarse por infracciones sobre las cuales no se ha iniciado el procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Fundado en parte.

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

830-2023

Sumilla

No puede sancionarse por infracciones sobre las cuales no se ha iniciado el procedimiento administrativo sancionador
 

Marco normativo

Numeral 1.2 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0487-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 43398-2022

IMPUGNANTE: Dositeo Montenegro Guevara

ORGANO:  AAA Huallaga 

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación formulado por el señor Dositeo Montenegro Guevara contra  la Resolución Directoral Nº 0688-2022-ANA-AAA.H, en el extremo referido a la infracción tipificada en el literal n) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por no encontrarse probada; y se confirma la responsabilidad en lo relacionado con las infracciones establecida en los numerales 3 y 12 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal o) del artículo 277° de su reglamento, manteniéndose el monto de la multa impuesta en 2 UIT.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador 

SUB MATERIA: Sustraer el agua cuyo uso ha sido otorgado a terceros Dañar las obras de infraestructura hidraulica publica 

MARCO NORMATIVO: Numeral 279.1 del artículo 279° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en parte 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 23 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

865-2022

Sumilla

Corresponde dejar sin efecto la resolución apelada ya que no ha sido probada la infracción, manteniéndose el monto de la multa en 2 UIT.

Marco normativo

Numeral 279.1 del artículo 279° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0325-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 36083-2022

IMPUGNANTE: Corporación Rico S.A.C.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por la empresa Corporación Rico S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 0794-2022-ANA-AAA.CO; y, en consecuencia, se reduce el importe de la multa impuesta de 95 UIT, debiendo fijarse en 60 UIT, en aplicación del literal a) del numeral 2 del artículo 257º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 2 del artículo 257º del  Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en Parte 

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Mayo, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

856-2022

Sumilla

Se reduce la sanción impuesta al impugnante el importe de la multa de 95 UIT debiendo ser sancionado por 60 UIT, no se le exime de haber incurrido en la infracción de usar el agua sin un derecho otorgado por la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Literal a) del numeral 2 del artículo 257º del  Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0698-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 130831-2021.

IMPUGNANTE: Silvestre Frisancho Ancasi.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por el señor Silvestre Frisancho Ancasi contra la Resolución Directoral Nº 0060-2022-ANA-AAA.TIT; y, en consecuencia, se reduce el importe de la multa impuesta equivalente a 2.1 UIT, debiendo fijarse en 1.05 UIT, en aplicación del literal a) del numeral 2 del artículo 257º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 2 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en parte 

 

Fecha de Resolución

Martes, 29 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

449-2022

Sumilla

Se reduce a la mitad el importe de la multa impuesta, por haberse comprobado la concurrencia de una condición atenuante de la responsabilidad administrativa. 

Marco normativo

Literal a) del numeral 2 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0696-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 125732-2021.

IMPUGNANTE: Frank Ciro Yucra Chupa.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por el señor Frank Ciro Yucra Chupa contra la Resolución Directoral Nº 0162-2022-ANA-AAA.TIT, y, en consecuencia, se reduce el importe de la multa equivalente a 4.5 UIT, impuesta a través de la Resolución Directoral Nº 0107-2022-ANA-AAA.TIT, debiendo fijarse  en 2,25 UIT, en aplicación del literal a) del numeral 2 del artículo 257º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, se dispone confirmar en lo demás que contiene la Resolución Directoral Nº 0107-2022-ANA-AAA.TIT.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales sin autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 2 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado en parte

 

Fecha de Resolución

Martes, 29 Noviembre, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

439-2022

Sumilla

Se reduce a la mitad el importe de la multa impuesta, por haberse comprobado la concurrencia de una condición atenuante de la responsabilidad administrativa. 

Marco normativo

Literal a) del numeral 2 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0368-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 128279-2021.

IMPUGNANTE: Santos Vicente Melgarejo Rosario.

ÓRGANO:  AAA Cañete-Fortaleza.

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación formulado por el señor Santos Vicente Melgarejo Rosario contra la Resolución Directoral N° 173-2022-ANA-AAA.CF, en el extremo referido a la infracción tipificada en el literal r del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por no encontrarse probada; y se confirma la responsabilidad en lo relacionado a la infracción establecida en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal a del artículo 277° de su reglamento.   

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el Agua sin derecho o autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Numeral 12 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado en parte 

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Junio, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

125-2022

Sumilla

Este tribunal considera pertinente modificar la medida complementaria consignada en el Artículo 2° de la resolución apelada, con el fin de establecer que en el plazo de 5 días hábiles el impugnante suspenda el uso del agua y retire todas las obras hidráulicas destinadas a la captación, conducción, distribución y aprovechamiento del recurso hídrico proveniente del referido canal.

Marco normativo

Numeral 12 del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor