R.TNRCH. Nº 0481-2021-ANA

Resumen

CUT N°:148782-2020.

ADMINISTRADO: Román Baldera Sandoval.

ÓRGANO: ALA Chancay - Lambayeque.

MATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº428-2019-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 2 del artículo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.15 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

043-2021

Administrado

Román Baldera Sandoval

Sumilla

Este Tribunal determina que existe una clara afectación al interés público por haberse generado una contravención a las normas que se encuentran referidas a la correcta administración y disposición de un recurso natural, pues la gestión del agua repercute en la colectividad.

Marco normativo

Numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0462-2021-ANA

Resumen

CUT N°:175901-2020.

ADMINISTRADO: Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo. 

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la resolución ficta recaída en el procedimiento de autorización de ejecución de obra de aprovechamiento hídrico, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 3 del articulo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, e improcedente la solicitud de autorización de ejecución de obra de aprovechamiento hídrico en base a los fundamentos expuestos en los numerales 4.14 al 4.17 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 01 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

111-2020

Administrado

 Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa.

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua en mérito  a la aplicación del silencio administrativo positivo operado, otorgó el permiso al administrado sin contar  con  la acreditación de la certificación ambiental del proyecto, requisito imprescindible para el otorgamiento de una autorización de ejecución de obras de aprovechamiento Hídrico.

Marco normativo

Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0468-2021-ANA

Resumen

CUT N°:119875-2021.

ADMINISTRADO: Segundo Zapata Silva.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°260-2020-ANA-AAA-JZ-V, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en los numerales 1 y 2 del articulo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.17 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

397-2021

Administrado

Segundo Zapata Silva.

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua modifico y otorgo una licencia de uso de agua sin observar que no contaba con competencia para conceder el derecho, vulnerando la correcta administracion y disposicion de un recurso natural.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0458-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 83677-2021.

IMPUGNANTE: Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros S.A.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 196-2021-ANA-AAA.TIT por incurrir en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose además el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

270-2021

Sumilla

Se considera que se ha transgredido el Principio de Tipicidad, configurandose la causal de nulidad.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0439-2021-ANA

Resumen

CUT N°:13182-2021.

SOLICITANTE: Germán Ramos Vilcayaure.

ÓRGANO: ALA Chancay - Huaral.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°163-2019-ANA-AAA-CF-ALA.CHANCAY-HUARAL, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, se dispone retrotraer el presente procedimiento administrativo a fin de que la Administración Local de Agua Chancay-Huaral emita un nuevo pronunciamiento respecto de la solicitud de permiso de uso de agua presentada por el señor Germán Ramos Vilcayaure y la señora Margarita Palomino Aguado para el riego de su predio con UC N' 5906.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 18 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

234-2021

Sumilla

Frente al fallecimiento de un titular de derecho de uso de agua corresponderá a las Autoridades  Administrativas del Agua, la competencia para declarar la extincion del derecho de uso de agua por caducidad, para lo cual, se deberá instruir un procedimiento previo con la finalidad de notificar a los interesados o posibles afectados; la Administracion Local del Agua dispuso la extincion del derecho de uso de agua, por lo tanto, el acto administrativo es nulo.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0430-2021-ANA

Resumen

CUT N°:228518-2019.

ADMINISTRADO: JASS Soroma - Huayco. 

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral Nº310-2019-ANA-AAA.UV y en consecuencia de la Resolución Directoral Nº567-2019-ANA/AAA.UV, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, e improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico en base a los fundamentos expuestos en los numerales 4.15 al 4.19 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

421-2020

Administrado

JASS Soroma - Huayco. 

Sumilla

Este Tribunal no se encuentra facultado para declarar la nulidad de la resolucion, debido a que prescribio el plazo de 2 años.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0419-2021-ANA

Resumen

CUT N°:7563-2021.

ADMINISTRADO: Asociación Agropecuaria El Dorado.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se resuelve declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°968-2020-ANA-AAA.PA, por haberse configurado la causal prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, emitiendo pronunciamiento sobre el fondo de la solicitud de licencia de uso de agua presentada por la Asociación Agropecuaria El Dorado, corresponde declarar su improcedencia, por no contar con la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, requisito previsto en el numeral 7 del artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 06 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

054-2021

Administrado

Asociación Agropecuaria El Dorado.

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la presente resolucion por encontrarse incursa en causal de nulidad, al haber originado una transgresion a la ley y disposiciones establecidas en el precedente vinculante, y afectacion al interes publico.  

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0425-2021-ANA

Resumen

CUT N°:40285-2021.

ÓRGANO: ALA Chillón - Rímac - Lurín.

MATERIA: Plan de Operación, Mantenimiento y  Desarrollo de la Infraestructura Hidráulica

SUBMATERIA: 

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº373-2019-ANA-AAA-CF-ALA. CHRL, por incurrir en las causales de nulidad establecidas en los numerales 1 y 2 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento administrativo según lo señalado en el numeral 4.19 de la presente resolución. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 11 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

116-2021

Sumilla

Este Tribunal determina que existe una clara afectación al interés público por haberse generado una contravención a las normas que se encuentran referidas a la correcta administración y gestion de la infraestructura hidraulica publica, pues su operación, mantenimiento y desarrollo repercute en la colectividad.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0408-2021-ANA

Resumen

CUT N°:38469-2021.

ADMINISTRADO: Teódulo Pacherres Juarez.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°169-2021-ANA-AAA JZ-V, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.17 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Julio, 2021

N° de Expediente TNRCH

148-2021

Administrado

Teódulo Pacherres Juarez.

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la presente resolución por encontrarse incursa en causal de nulidad, al haber originado una transgresión a la ley y disposiciones establecidas en el precedente vinculante, y afectación al interes publico, y reposición del proceso desde el momento que se produjo el vicio.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0409-2021-ANA

Resumen

CUT N°:34526-2021.

IMPUGNANTE: Jesús Leo Cárdenas Ibarra.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Sustraer el agua cuyo uso ha sido otorgado a terceros.
Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°388-2020-ANA-AAA X MANTARO y de la Resolución Directoral N°62-2021-ANA-AAA X MANTARO, por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del articulo 10° de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 6.18 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                      Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Julio, 2021

N° de Expediente TNRCH

146-2021

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la presente resolucion por encontrarse incursa en causal de nulidad, al haber originado una transgresion a la ley y disposiciones establecidas en el precedente vinculante, y afectacion al interes publico, y reposicion del proceso desde el momento que se produjo el vicio.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                 Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor