R.TNRCH. Nº 0315-2019-ANA

Resumen

CUT N°:117562-2018.

IMPUGNANTE: Franky y Ricky S.A.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°1982-2018-ANA/AAA I C-O, por haber inobservado lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 255° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y se dispone la reposición del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento numeral 1 del artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

070-2019

Sumilla

Se configura Nulidad cuando debe ser notificado al administrado sobre la infracción impuesta para que formule sus descargos en un plazo no menor de cinco días hábiles.

Marco normativo

Numeral 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del articulo 277° de su Reglamento numeral 1 del artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0317-2019-ANA

Resumen

CUT N°:107392-2017.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se resuelve declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°2612-2016-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por haber sido emitida en contravención del requisito de validez de motivación y el Principio del Debido Procedimiento: asimismo, se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza emita un nuevo pronunciamiento respecto a la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular, presentada por el señor Justino Rubén Mendoza Michuy.

MARCO NORMATIVO: Numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

492-2017

Sumilla

Corresponde declarar la nulidad de la extinción y otorgamiento de derecho de uso de agua cuando el titular del derecho de uso de agua no ha acreditado la transferencia del predio.

Marco normativo

Numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0294-2019-ANA

Resumen

CUT N°:181734-2016.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°436-2017-ANA-AAA-CH.CH, por haberse configurado la causal de nulidad prevista en el numeral 2 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y haberse acreditado el agravio al interés público, disponiendo la reposición del procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Articulo 10º  del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales del Procedimientos Administrativos

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 01 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1672-2018

Sumilla

Se declara la nulidad de oficio por haberse acreditado el agravio al interés publico.

Marco normativo

Articulo 10º  del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Generales del Procedimientos Administrativos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0223-2019-ANA

Resumen

CUT N°:39729-2018.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Taya.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°1302-2018-ANA/AAA I C-O al haberse emitido sin una debida motivación; asimismo, se declaran infundados los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución Directoral N°1477-2015-ANA-AAA I C-O por el señor Rolando Fransls Flores Jacobo, los señores Edmundo Jacobo Bustinza, Elena Luisa Jacobo Huamaní, Matilde Yovana Huamaní Jacobo, Domitila Abdona Jacobo Huamani de Loayza. Lenni Gloria Jacobo Jacobo y la Junta de Usuarios Ampato-Siguas-Quilca y, asi también, se declara improcedente la solicitud de formalización de licencia de uso de agua con fines agrarios, proveniente de los manantiales 'Coyopucyo 1", "Coyopucyo 2" y "Curinta" para la unidad productiva Coyopucyo - Curinta, presentada por la Comunidad Campesina de Taya, al no haber cumplido con la condición de acreditar el uso de agua de manera pública, pacifica y continua por más de cinco años antes de la entrada en vigencia de la Resolución Jefatural N°579-2010-ANA.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del Artículo 213° del Texto Único ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 13 Febrero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1121-2018

Sumilla

No cumplido con los requisitos para acceder a la licencia de uso agua.

Marco normativo

Numeral 213.2 del Artículo 213° del Texto Único ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0216-2019-ANA

Resumen

CUT N°:222115-2018.

SOLICITANTE: Administración Local de Agua Moche-Virú-Chao.

ÓRGANO: ALA Moche-Virú-Chao.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Solicitud de Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°070-2018-ANA-AAA H CH/ALA MVCH V, por haberse infringido uno de los requisitos de validez del acto administrativo. Asimismo, se realiza la extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua solicitada por la señora Fausta Honoria Zavaleta Rodríguez, de acuerdo a los términos señalados en la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Literal K del Articulo 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, Artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 13 Febrero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1655-2018

Sumilla

La extinción y otorgamiento exige mantener las condiciones del derecho primigenio.

Marco normativo

Literal K del Articulo 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, Artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0265-2019-ANA

Resumen

CUT N°:142248-2018.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Revisión de oficio.

SUBMATERIA: Autorización de reusó de Aguas Residuales

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°2751-2017-ANA-AAA-JZ-V, debido a que fue emitida sin haberse acreditado la titularidad del predio donde se hará el reuso del agua residual, conforme con lo establecido en el literal e) del numeral 20.3 del articulo 20° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reuso de Aguas Residuales Tratadas, y resolviendo sobre el fondo del asunto, se declara improcedente la solicitud de Autorización de Reuso de Aguas Residuales presentada por la Asociación de Titulares Posesionarios de La Comunidad Campesina San Francisco de La Buena
Esperanza - Paita.

MARCO NORMATIVO: Numeral 20.3 del Articulo 20º del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento  y Reusó de Aguas Residuales

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Febrero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

988-2018

Sumilla

Se declara nulo por no cumplir  con los requisitos, acreditación   de la titularidad del predio donde se hará el reusó del agua. 

Marco normativo

Numeral 20.3 del Articulo 20º del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento  y Reusó de Aguas Residuales

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0310-2019-ANA

Resumen

CUT N°:194975-2017.

SOLICITANTE: AAA Chaparra - Chincha.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de licencia de uso de agua.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°2448-2017-ANA-AAA-CH-CH, de la Resolución Directoral N°3166-2017-ANA-AAA-CH-CH y de la Resolución Directoral N°223-2018-ANA-AAA-CH-CH por haberse advertido la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo a fin de que la Autoridad Administrativa del Agua Chaparra - Chincha emita un pronunciamiento sobre la solicitud de regularización de licencia de uso de agua presentada por el señor Jaime Luis Breña Fernández.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del articulo 277° de su Reglamento, numeral 1 del artículo 10° y numeral 213.1 del artículo 213° ambos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1598-2018

Sumilla

Se advierte de Nulidad al reformular una resolución, sin considerar que la resolución emitida se encontraba firme.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del articulo 277° de su Reglamento, numeral 1 del artículo 10° y numeral 213.1 del artículo 213° ambos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0266-2019-ANA

Resumen

CUT N°:172564-2018.

IMPUGNANTE: Yordy Anibal Samaniego Patiño.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Delimitación de Fajas Marginal. 

SUBMATERIA: Faja Marginal

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°178-2018-ANA-AAA X MANTARO por encontrarse incursa en causal de nulidad establecida en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural Nº201-2017-ANA y Articulo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Febrero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1172-2018

Sumilla

Se configura nulidad cuando en el procedimiento de actualización o modificación de delimitación de fajas marginales  no se notifico a quien promovió la delimitación primigenia.

Marco normativo

Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Jefatural Nº201-2017-ANA y Articulo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0226-2019-ANA

Resumen

CUT N°:54575-2018.

IMPUGNANTE: Sindicato Energético S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Tarifa por Utilización de la Infraestructura Hidráulica Mayor.

SUBMATERIA: Tarifa

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°1403-2018-ANA-AAA-JZ-V por contravenir el Principio de Legalidad y del Oficio N°178-2018-ANA-AAA JZ-ALAMBP. por carecer de una debida motivación. Asimismo, se dispone retrotraer el procedimiento a fin de que la Administración Local de Agua Medio y Bajo Piura emita pronunciamiento sobre el recurso de reconsideración interpuesto por Sindicato Energético S.A. contra la Resolución Administrativa N°358-2017-ANA-AAA.JZ-ALAMBP.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO

 

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Febrero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1250-2018

Sumilla

La declara la nulidad de oficio cuando  hay  contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0232-2019-ANA

Resumen

CUT N°:150049-2016.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador -  Recursos Hídricos

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°2159-2017-ANA-AAA-JZ-V, por haberse determinado la existencia de la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 y 2 del Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Febrero, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1220-2018

Sumilla

La Administración omitió emitir pronunciamiento respecto al inicio del procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Numeral 1 y 2 del Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor