R.TNRCH. Nº 0798-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 79515-2019.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Valle de Tacna.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo General 

SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Valle de Tacna contra la Resolución Directoral N°285-2019-ANA/AAA.CO, porque la citada resolución es irrecurrible.

MARCO NORMATIVO: Numerales 169.1 y 169.3 del Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE 

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

481-2019

Sumilla

No procede interponer recurso impugnatorio sobre la resolución que resuelve la queja debido que es irrecurrible

Marco normativo

Numerales 169.1 y 169.3 del Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0801-2019-ANA

Resumen

CUT N°:48046-2019.

IMPUGNANTE: Calixto Fortunato Huamán Condori.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Calixto Fortunato Huamán Condori. contra la Resolución Directoral N°093-2019-ANA-AAA.TIT, por la falta de legitimidad para obrar.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos; artículos 17° y 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo N°018-2017-MINAGRI; y artículos 4° y 5° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución Jefatural N°076-2018-ANA

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

253-2019

Sumilla

Quien no es parte del procedimiento administrativo sancionador carece de legitimidad para interponer recursos impugnatorios

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos; artículos 17° y 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo N°018-2017-MINAGRI; y artículos 4° y 5° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución Jefatural N°076-2018-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0819-2019-ANA

Resumen

CUT N°:53824-2019.

IMPUGNANTE: Teodolinda Oseda Bejarano.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Teodolinda Oseda Bejarano contra la Resolución Directoral N°081-2019-ANA-AAA X MANTARO. por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

314-2019

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo, adquiriendo la calidad de acto firme 

Marco normativo

Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

TNRCH. Nº 0822-2019-ANA

Resumen

CUT N°:62673-2019.

IMPUGNANTE: Lixna Bartolome Melgarejo Meza.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Lixna Bartolomé Melgarejo Meza contra la Resolución Directoral N°592-2018-ANA/AAA-HUALLAGA, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

382-2019

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo, adquiriendo la calidad de acto firme 

Marco normativo

Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0835-2019-ANA

Resumen

CUT N°:208120-2018.

IMPUGNANTE: Francisco Gonzalo Ancco.

ÓRGANO: ALA Caplina-Locumba.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Francisco Gonzalo Ancco contra la Resolución Administrativa N°305-2018-ANA-AAA.CO-ALA.CL, por haberse presentado de forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 28.1 del articulo 218° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

467-2019

Sumilla

Los recursos administrativos se formulan improrrogablemente dentro del plazo de quince (15) días hábiles desde la notificación del acto administrativo, caso contrario serán declarados improcedentes por extemporáneos

Marco normativo

numeral 28.1 del articulo 218° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0837-2019-ANA

Resumen

CUT N°:174957-2018.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Valle de Tacna.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Denuncia Administrativa.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Valle de Tacna contra la Carta N°404-2019-ANA-AAA.COALA.CL, porque dicha carta no contiene un acto susceptible de impugnación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1º y numeral 2 del artículo 62º del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

615-2019

Sumilla

Los denunciantes no están habilitados para impugnar las resoluciones que ponen fin al procedimiento administrativo sancionador

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1º y numeral 2 del artículo 62º del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0760-2019-ANA

Resumen

CUT N°:174051-2018.

SOLICITANTE: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

ÓRGANO: ALA Medio y bajo Piura.

MATERIA:  Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Se declara improcedente la solicitud de nulidad presentada por la Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque-Zarumilla contra la Resolución Administrativa N°015-2017-ANA-AAA JZ-ALAMBP, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

340-2018

Sumilla

La nulidad de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 2 años desde que el acto quedó consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo 

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0702-2019-ANA

Resumen

CUT N°:34573-2019.

SOLICITANTE: Fausto Salomón Arias Liendo.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.

SUMILLA: Se declara improcedente la queja presentada  por el señor Fausto Salomón Arias Liendo contra la Resolución Administrativa del Agua Caplina-Ocoña, por no existir un procedimiento administrativo en curso.

MARCO NORMATIVO: Numerales 169.1 y 169.2 del Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

395-2019

Sumilla

No procede la queja por defecto de tramitación de quien no tiene la condición de administrado no existiendo un procedimiento administrativo en curso

Marco normativo

Numerales 169.1 y 169.2 del Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0778-2019-ANA

Resumen

CUT N°:48193-2019.

IMPUGNANTE: Julio Froilan Montero Munarriz.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad

SUMILLA: Se  declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Julio Froilan Montero Munarriz, en aplicación del precedente de observancia obligatoria dispuesto en la Resolución N°451-2017-ANA/TNRCH. mediante el cual se establecieron criterios de aplicación a los procedimientos desarrollados bajo competencia de la Autoridad Nacional del Agua, en lo que respecta a la intervención de terceros.

MARCO NORMATIVO: Precedente administrativo de observancia obligatoria establecido en los numerales 5.4 y 5.5 de la Resolución N°451-2017-ANA/TNRCH

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Lunes, 24 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

297-2019

Sumilla

Las pretensiones impugnatorias promovidas a través de recursos administrativos por terceros que se consideran ajenos a un procedimiento, deben ser declaradas improcedente de plano

Marco normativo

Precedente administrativo de observancia obligatoria establecido en los numerales 5.4 y 5.5 de la Resolución N°451-2017-ANA/TNRCH

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0766-2019-ANA

Resumen

CUT N°:49072-2019.

IMPUGNANTE: Demetria Humpiri Vda de Calla.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Delimitación de Faja Marginal.

SUBMATERIA: De oficio

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Demetria Humpiri Vda. de Calla contra la Resolución Directoral N°071-2018-ANA-AAA.TIT. por haberse impugnado un acto administrativo emitido en un procedimiento de delimitación de faja marginal iniciado de oficio por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3. del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos, Art. 4° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado por la Resolución Jefatural N°332-2016-ANA

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

332-2019

Sumilla

La delimitación de la faja marginal ejercida de oficio no puede ser objeto de cuestionamiento en vía recursiva

Marco normativo

Numeral 3. del artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos, Art. 4° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado por la Resolución Jefatural N°332-2016-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor