R.TNRCH. Nº 0864-2019-ANA

Resumen

CUT N°:76384-2019.

IMPUGNANTE: Alejandro Zumi Zapata.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por el señor Alejandro Zumi Zapata contra la Resolución Directoral N°049-2019-ANA-AAA.TIT, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUG) de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

459-2019

Sumilla

El recurso impugnatorio presentado en forma extemporánea, deviene en improcedente

Marco normativo

articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUG) de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0871-2019-ANA

Resumen

CUT N°:97978-2019.

IMPUGNANTE: Dante Diego Pilco Ticahuanca.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Dante Diego Pilco Ticahuanca contra la Resolución Directoral N°452-2019- ANA/AAA I C-O. por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUG) de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

564-2019

Sumilla

El recurso impugnatorio presentado en forma extemporánea, deviene en improcedente

Marco normativo

articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUG) de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0832-2019-ANA

Resumen

CUT N°:71822-2019.

IMPUGNANTE: Ignacio Adrián Vera.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de uso de agua superficial

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Ignacio Adrián Vera, alegando ser abogado patrocinante de la señora Margaret Cerefy Vera Delgado contra la Resolución Directoral N°257-2019-ANA/AAA I C-O, por falta de legitimidad para obrar.

MARCO NORMATIVO: Artículo 120° y 126° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Jueves, 11 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

403-2019

Sumilla

El apelante carece de legitimidad para obrar debido a que no acreditó los poderes de representación para actuar en nombre del solicitante del derecho de uso de agua

Marco normativo

Artículo 120° y 126° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, numeral 227.1 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0792-2019-ANA

Resumen

CUT N°:93638-2019.

IMPUGNANTE: Angeolina Fabián Saavedra.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad / Caducidad

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Angeolina Fabián Saavedra contra la Resolución Directoral N°726-2018-ANA/AAA-HUALLAGA. por carecer de legitimidad para obrar en el procedimiento administrativo. Asimismo, se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Germán Fabián Alberto a través de la Notificación N°043-2018-MINAGRI-ANA-AAA HUALLAGA-ALA.ALTO HUALLAGA, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° y 261° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE / CADUCIDAD / ARCHIVO / DISPONER

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

515-2019

Sumilla

Quien no es parte del procedimiento administrativo sancionador, carece de legitimidad para interponer recursos impugnatorio / Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción notificó después de que transcurre el plazo de nueve (9) meses contados desde la fecha de la notificación de cargos  

Marco normativo

Artículo 259° y 261° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0818-2019-ANA

Resumen

CUT N°:14125-2012.

SOLICITANTE: ALA Chancay-Lambayeque.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°015-2011-ANA-ALACH-L solicitada por la
Administración Local de Agua Chancay-Lambayeque, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley del Procedimiento Administrativo General de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

398-2019

Sumilla

La nulidad de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de 1 año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley del Procedimiento Administrativo General de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0813-2019-ANA

Resumen

CUT N°:144299-2017.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios de Agua de la Cuenca del Río Huaura.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios de Agua de la Cuenca del Rio Huaura y, en consecuencia, se revoca la Resolución Administrativa N°133-2017-ANA-AAA-CF-ALA.HUAURA. Asimismo, se declara improcedente la solicitud de permiso de uso de agua presentada por la Junta de Usuarios de Agua de la Cuenca del Rio Huaura porque dicha administrada no cuenta con las obras debidamente autorizadas para que se le otorgue el permiso de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 59° y 60° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 88° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 35° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

SENTIDO: FUNDADO / REVOCAR / IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1506-2018

Sumilla

Para otorgamiento de un permiso de uso de agua por filtraciones, se requiere que el predio cuente con las obras autorizadas de captación, conducción, utilización, avenamiento, medición y las demás que fuesen necesarias para el uso eventual del recurso

Marco normativo

Artículo 59° y 60° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 88° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 35° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0809-2019-ANA

Resumen

CUT N°:98299-2019.

IMPUGNANTE: Hugo Herminio Quilcate Sánchez.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Acto no impugnable

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Hugo Herminio Quilcate Sánchez contra la Resolución Directoral N°1023-2019-ANA-AAA.JZ-\/, en aplicación del numeral 217.2 del articulo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217° y numeral 1. del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE 

Fecha de Resolución

Martes, 09 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

538-2019

Sumilla

No procede la apelación, planteada contra actos no impugnables

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217° y numeral 1. del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0759-2019-ANA

Resumen

CUT N°:31705-2019.

IMPUGNANTE: Juan Walter Muñoz Ciprian.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

MATERIA: Delimitación de faja Marginal.

SUBMATERIA: A solitud de parte 

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Juan Walter Muñoz Ciprian contra la Resolución Directoral N°476-201B-ANA-AAA.XII. UV. por haberse impugnado un acto administrativo emitido en mérito a la potestad técnica de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídricos; artículos 113° y 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; artículos 3°, 4° y 6° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante Resolución Jefatural N°332-2016-ANA

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

322-2019

Sumilla

En caso exista algún derecho de propiedad comprendido dentro del área delimitada como faja marginal. dicho derecho no es vulnerado, sino que se ve limitado, a efectos de armonizar su ejercicio con el bien común y la Ley

Marco normativo

Artículo 74° de la Ley de Recursos Hídricos; artículos 113° y 114° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; artículos 3°, 4° y 6° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales, aprobado mediante Resolución Jefatural N°332-2016-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0786-2019-ANA

Resumen

CUT N°:76312-2019.

IMPUGNANTE: Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima contra la Resolución Directoral N°328-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por carecer de legitimidad para obrar en el procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Art. 22° de la Ley de Recursos Hídricos, Arts. 17° y 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, Arts. 4° y 15° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución Jefatural N°076-2018-ANA

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

442-2019

Sumilla

Quien no es parte del procedimiento administrativo sancionador, carece de legitimidad para interponer recurso impugnatorio

Marco normativo

Art. 22° de la Ley de Recursos Hídricos, Arts. 17° y 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, Arts. 4° y 15° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución Jefatural N°076-2018-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0788-2019-ANA

Resumen

CUT N°:80664-2019.

IMPUGNANTE: Judith Quispe Quispe.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica y Autorización de Ejecución de Obras Hidráulicas.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por la señora Judith Quispe Quispe. contra la Resolución Directoral N°395-2019-ANA-AAA-CH.CH, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° y Artículo 222° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

484-2019

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo, adquiriendo la calidad de acto firme

Marco normativo

Artículo 218° y Artículo 222° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor