CUT: 116360-2023.
IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Carhuajara.
ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.
SUMILLA: No se acredita el requisito de propiedad de un predio con el anticipo de legítima suscrito ante un Juez de Paz, debido a que dicha autoridad no cuenta con facultades para otorgarlo; además, no cumple la forma de acto bilateral ni la formalidad de escritura pública.
MARCO NORMATIVO: Artículos 831° y 1625° del Código Civil, artículo 17° de la Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, artículo 59° del Reglamento de la Ley de Justicia de Paz, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2013- JUS, artículo 51° del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; literal c) del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.
SENTIDO: Fundado e improcedente.