Para ejercicio de funciones
Reglamento Interno
El Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba tiene por objeto regular la organización, estructura y funcionamiento del Consejo como órgano de la Autoridad Nacional del Agua, mecanismos de participación de los actores para la toma decisiones, procedimiento para la vacancia y renovaciones de sus integrantes.
Decreto Supremo de Creación
A través del Decreto Supremo N° 019-2013 del Ministerio de Agricultura ayer se oficializó la creación del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca (CRHC) Caplina Locumba, como órgano de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua (ANA).
El objetivo de este Consejo es la planificación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos, mediante la elaboración e implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos. Su ámbito será conformado por 28 Unidades Hidrográficas, que totalizan 16,389.18 kilómetros cuadrados.
Este consejo de cuenca tiene característica interregional al ser conformado por las regiones de Tacna y Moquegua, por lo cual, su representatividad será asumida por ambos Gobiernos Regionales.
Como se sabe, en el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, participan representantes de los gobiernos regionales, gobiernos locales, instituciones públicas y privadas, organizaciones de usuarios, comunidades campesinas y nativas, por la población organizada y en el caso de Tacna, por un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Decreto Supremo que crea el consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina Locumba
Decreto Supremo N° 019-2013 del Ministerio de Agricultura.