R.TNRCH. Nº 0584-2019-ANA
Resumen
CUT N°:42356-2019.
IMPUGNANTE: Piladora del Valle S.R.L.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Caducidad
SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra Piladora del Valle S.R.L a través de Notificación N°128-2018-ANA-AAA.V-JZ/ALA-J, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.
MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 1 y 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del articulo 277° de su Reglamento.
SENTIDO: CADUCIDAD
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.
Marco normativo
Artículo 259° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 1 y 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del articulo 277° de su Reglamento.