R.TNRCH. Nº 0908-2019-ANA

Resumen

CUT N°:224435-2018.

IMPUGNANTE: Mario Gilverto Coaquera Chávez.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Servidumbre de Agua.

SUBMATERIA: Forzosa

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Mario Gilverto Coaquera Chávez contra la Resolución Directoral N°1732-2018-ANA/AAA I C-O, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 11° del Decreto Supremo N°017-2015-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Artículo 11 del Decreto Supremo N°017-2015-MlNAGRI

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

666-2019

Sumilla

La Resolución Directoral que constituya o modifique la servidumbre de agua podrá contradecirse en la via judicial, únicamente, respecto al monto fijado como compensación y. de ser el caso, el monto de la indemnización

Marco normativo

Artículo 11 del Decreto Supremo N°017-2015-MlNAGRI

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0907-2019-ANA

Resumen

CUT N°:224429-2018.

IMPUGNANTE: Mario Gilverto Coaquera Chávez.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Servidumbre de Agua.

SUBMATERIA: Forzosa

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el señor Mario Gilverto Coaquera Chávez contra la Resolución Directoral N°1679-2018-ANA/AAA I C-O. en observancia de lo dispuesto en el articulo 11° del Decreto Supremo N°017-2015-MINAGRI; e improcedente lo solicitado por el señor Marcelino Carlos Poma Limache en fecha 14.01.2019, en aplicación del articulo 2013° del Código Civil.

MARCO NORMATIVO: Artículo 11 del Decreto Supremo N°017-2015-MlNAGRI

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Agosto, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

434-2019

Sumilla

La Resolución Directoral que constituya o modifique la servidumbre de agua podrá contradecirse en la vía judicial, únicamente, respecto al monto fijado como compensación y. de ser el caso, el monto de la indemnización

Marco normativo

Artículo 11 del Decreto Supremo N°017-2015-MlNAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0876-2019-ANA

Resumen

CUT N°:53353-2019.

IMPUGNANTE: Juana Marlene Sánchez Hernani de Motta.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Juana Marlene Sánchez Hernani de Motta contra la Resolución Directoral N°160-2019-ANA/AAA I C-O, porque dicha resolución ha sido emitida conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

324-2019

Sumilla

El cauce o álveo es el espacio por el cual discurren las aguas durante sus máximas crecidas o avenidas, por lo constituye un bien de dominio público hidráulico, cuya finalidad es contener y transportar las aguas, y, por tanto, no puede ser utilizado para realizar actividades agrarias o de otro tipo. No es posible amparar la solicitud de formalización de licencia de uso de agua, en virtud a que el predio en el cual se ejercer la licencia de uso de agua ha sido arrasado por el rio y a la fecha forma parte de su cauce

Marco normativo

Artículo 6 del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0875-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 101094-2019.

IMPUGNANTE: Obras Civiles y MIneras S.A.C.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización; Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Obras Civiles y Mineras S.A.C. contra la Resolución Directoral N°562-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por haberse desvirtuado los argumentos de la impugnante y encontrarse acreditada la comisión de las infracciones tipificadas en los numerales 1 y 3 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en los literales a) y b) del articulo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: literal b del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

576-2019

Sumilla

Se acreditó que la apelante usó el agua proveniente del manantial con fines domésticos y construyó una captación en la fuente natural sin contar con la autorización de la Autoridad Nacional del Agua. La acreditación de disponibilidad hídrica no faculta el uso del agua ni la ejecución de obras, conforme a lo establecido (numeral 81.2 del articulo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos); y, la autorización de ejecución de obras únicamente garantiza a su titular la obtención de la licencia de uso de agua con la sola verificación que las obras hayan sido realizadas conforme a la autorización otorgada

Marco normativo

literal b del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0873-2019-ANA

Resumen

CUT N°:82076-2019.

IMPUGNANTE: Hipólito Donato Pérez Chavarria.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Hipólito Donato Pérez Chavarría contra la Resolución Directoral N°534-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA. por haberse desvirtuado los argumentos del recurso de apelación.

MARCO NORMATIVO: articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUG) de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

498-2019

Sumilla

Habiéndose presentado el recurso de reconsideración de forma extemporánea su declaración de improcedencia se encuentra arreglada a Ley

Marco normativo

articulo 218° del Texto Único Ordenado (TUG) de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0868-2019-ANA

Resumen

CUT N°:49410-2019.

IMPUGNANTE: Pablo Cesario Sifuentes.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Pablo Cesarlo Sifuentes contra la Resolución Directoral N°079-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA. por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el literal a) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: literal a del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

318-2019

Sumilla

Ha quedado demostrado con los medios probatorios, que el apelante es responsable de usar, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, el agua proveniente del canal de derivación para Irrigar los cultivos de palto de su predio

Marco normativo

literal a del artículo 277 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0851-2019-ANA

Resumen

CUT N°:89584-2019.

IMPUGNANTE: Lorenzo Nuntón Imán.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por el señor Lorenzo Nuntón Imán contra la Resolución Directoral N°087-2019-ANA-AAA- JZ-V, porque fue emitida conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: articulo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

516-2019

Sumilla

Por lo tanto, al no haber cumplido el administrado con la presentación del instrumento de gestión ambiental, necesario para acceder a la autorización de ejecución de obras hidráulicas y por consiguiente a la licencia de uso de agua, no corresponde otorgar la autorización solicitada

Marco normativo

articulo 79° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0846-2019-ANA

Resumen

CUT N°:77510-2019.

IMPUGNANTE: Century Mining Perú S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Century Mining Perú S.A.C. contra la Resolución Directoral N°318-2019-ANA/AAA I C-O, debido a que dicho acto administrativo ha sido emitido conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 79 y 80 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277 de su Reglamento

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

460-2019

Sumilla

El impugnante realizó el vertimiento de aguas residuales domésticas sin contar al momento de notificarse la imputación de cargos ni contar a la fecha con el titulo habilitante otorgado por la Autoridad Nacional del Agua que le autorice a realizar la citada actividad

Marco normativo

Artículo 79 y 80 de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277 de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0719-2019-ANA

Resumen

CUT N°:55805-2019.

IMPUGNANTE: Mónica Luisa Diburga Solano.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras en Fuente Natural.

SUBMATERIA: Autorización en fuente natural

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Mónica Luisa Diburga Solano, debido a que la resolución emitida por el órgano de primera instancia se encuentra conforme a derecho.

MARCO NORMATIVO: Artículo 104° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 212° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 07 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

374-2019

Sumilla

No corresponde la revocación de una autorización de ejecución de obras de defensa en fuentes naturales cuando el administrado acreditó que cuenta con certificación ambiental del proyecto; y aprobación del proyecto a ejecutar por la autoridad competente

Marco normativo

Artículo 104° de la Ley de Recursos Hídricos; artículo 212° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0889-2019-ANA

Resumen

CUT N°:96354-2019.

IMPUGNANTE: La Virgen S.A.C.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Otorgamiento de una licencia de uso de agua superficial con fines energéticos

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa La Virgen S.A.C. contra la Resolución Directoral N°114-2019-ANA-AAA.UCAYALI, porque fue emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Numerales 21.1 y 21.2 del articulo 21° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N°007- 2015-ANA

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Julio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

542-2019

Sumilla

La apelante no acreditó haber presentado la conformidad de obra otorgada por el sector competente a la hidroeléctrica, incumplimiento con la condición previa para el otorgamiento de la licencia de uso de agua

Marco normativo

Numerales 21.1 y 21.2 del articulo 21° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N°007- 2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor