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R.TNRCH. Nº 0422-2024-ANA

 

CUT N°: 178244-2021.

IMPUGNANTES: Dina Hermelinda Rojas Huanca y César Neptalí Uldarico Nieto Becerra.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Caducidad. 

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses, contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0421-2024-ANA

CUT N°: 204108-2022.

IMPUGNANTE: Jesús Raúl Mamani Ccosi.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos Generales.

SUBMATERIA: Caducidad. 

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0420-2024-ANA

CUT N°: 115248-2023.

IMPUGNANTE: Carfip S.A.C.

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Impedir las inspecciones de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: Cuando se niega el ingreso de la autoridad instructora para la actividad de fiscalización se configura infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 7 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal l) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0419-2024-ANA

CUT N°: 222725-2023.

ADMINISTRADO: Desarrollo Frutícola Sudamericana S.A.C.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: Es nula la autorización de perforación de un pozo de reemplazo con mayor profundidad, cuando no se cuenta con la acreditación de disponibilidad hídrica y la autorización de ejecución de obras del proyecto.

MARCO NORMATIVO: Artículo 246° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 18° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0418-2024-ANA

CUT N°: 49211-2023.

ADMINISTRADO: Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco.

ORGANO: ALA Santiago de Chuco.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico cuando el procedimiento se inicia sin la acreditación de disponibilidad hídrica vigente.

MARCO NORMATIVO: Literal a) del numeral 16.2 del artículo 16º del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0417-2024-ANA

CUT N°: 78504-2023.

IMPUGNANTE: Hospital Veterinario del Sur SAC.

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización; construir o modificar obras sin
autorización.

SUMILLA: Las infracciones verificadas en inspecciones realizadas por la autoridad producen certeza de los hechos,salvo prueba en contrario.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literales a) y b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 244.2 del artículo 244° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0416-2024-ANA

CUT N°: 124525-2022.

IMPUGNANTE: Asociación Urbanizadora José Luis  Bustamante y Rivero Sector I, II, III, V, VI y VII Distrito de Cerro Colorado.

ORGANO: AAA Caplina – Ocoña.

MATERIA: Delimitación de faja marginal

SUBMATERIA: A solicitud de parte.

SUMILLA: La delimitación de la faja marginal, solicitada a pedido de parte, debe seguir la metodología establecida por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 74° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, artículos 113° y 115° del
Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; y, artículos 3°, 4° y 18° del “Reglamento para la delimitación y
mantenimiento de fajas marginales”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0415-2024-ANA

CUT N°: 163317-2022.

IMPUGNANTE: Lourdes Luzbi Portales Chávez de Zavalaga.

ORGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Las cartas informativas por las cuales la autoridad comunica que el procedimiento principal aún se 
encuentra en trámite, no tienen la condición de acto administrativo y, por lo tanto, no son impugnables.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento  Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0414-2024-ANA

CUT N°: 41148-2022.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento de la Asociación Agrícola El Huerto.

ORGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Para otorgar una acreditación de disponibilidad hídrica se requiere que en el balance hídrico contemple los derechos de uso existentes, la disponibilidad para el proyecto y considerando el uso poblacional.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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R.TNRCH. Nº 0413-2024-ANA

CUT N°: 180532-2022.

IMPUGNANTE: Jorge Viza Añacata.

ORGANO: ALA Colca-Siguas-Chivay.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador- Aspectos generales.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad.

SUMILLA: Los terceros no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de
legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

MARCO NORMATIVO: Artículo 62º, numeral 1 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 08 Mayo 2024
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