CUT: 75392-2023.
IMPUGNANTE: Darío Sobrado Huerta.
ORGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.
SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después que transcurre el plazo de nueve (09) meses, contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.
MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 3 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Fundado.