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R.TNRCH. Nº 1356-2024-ANA

CUT: 252054-2023.

IMPUGNANTE: Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Huancané.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídrico.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La aprobación de PROVIAS para ejecutar una obra vial no habilita la ejecución de obras sobre fuente natural de agua y sus bienes asociados cuando no se cuenta con autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 27 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1355-2024-ANA

CUT: 24078-2023.

SOLICITANTE: AAA Huallaga.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de dos años desde que el acto quedó consentido. En el presente caso, la denuncia se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 27 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1354-2024-ANA

CUT: 45366-2021.

IMPUGNANTE: Teodora Esperanza Tamara Bernabel de Martínez.

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial.

SUMILLA: La cobertura de una infraestructura hidráulica obstruye las actividades de operación y mantenimiento.

MARCO NORMATIVO: Literal o) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 27 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1353-2024-ANA

CUT: 203172-2019.

IMPUGNANTE: Isabel Ccama Alanoca y otros.

ORGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso de agua.

SUMILLA: El otorgamiento de una licencia de uso de agua en vía de regularización, requiere acreditar el uso del recurso hídrico de manera continua, pacífica y pública hasta el 31.12.2014.

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 4° y 6 del Decreto Supremo N° 007-2015-MINAGRI, artículos 2°, 3°, 4° de la Resolución Jefatural N° 177-2015-ANA.

SENTIDO: Improcedentes e infundados.

Fecha de resolución: Viernes, 27 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1352-2024-ANA

CUT: 20340-2021.

IMPUGNANTE: Gold Fields La Cima S.A.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Aspectos generales.

SUBMATERIA: Principio de Tipicidad.

SUMILLA: La imputación por la alteración de la calidad de los sedimentos constituye un acto de contaminación, no de daños a los bienes asociados; además, la Autoridad Nacional del Agua solo tiene competencia para sancionar por contaminación del agua, no en sedimentos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 248° y numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado, nulo y archivo.

Fecha de resolución: Viernes, 20 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1351-2024-ANA

CUT: 95374-2024.

IMPUGNANTE: Candy Mayda Andia Torres.

ORGANO: ALA Chili.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No procede la acreditación de disponibilidad hídrica con fines acuícolas para la categoría productiva AMYPE, cuando la actividad se pretende desarrollar en el cauce de una fuente natural de agua o sus bienes asociados.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5.3 del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 0006-2021-MIDAGRI y literal b) del artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 107-2021-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Viernes, 20 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1350-2024-ANA

CUT: 98033-2024.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Viernes, 20 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1349-2024-ANA

CUT: 233824-2024.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Viernes, 20 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1348-2024-ANA

CUT: 14983-2024.

SOLICITANTE: Luis Ore Andrade.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: La apelación se declara improcedente cuando se interpone fuera del plazo legal.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de resolución: Viernes, 20 Diciembre 2024
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R.TNRCH. Nº 1347-2024-ANA

CUT: 188867-2024.

SOLICITANTE: Carlos Manuel Vicente Valdivia Núñez.

ORGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un período de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la denuncia ha sido posterior a dicho plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Viernes, 20 Diciembre 2024
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