R.TNRCH. Nº 0459-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 254126-2019.

IMPUGNANTE: Victoria Olivia Lucho Dávila Vda. de Manco.

ÓRGANO: ALA Chillón - Rímac - Lurín.

SUMILLA: Se declara la caducidad de la medida cautelar dictada en la Resolución Administrativa Nº 334-2019-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL, al haberse emitido la Resolución Directoral Nº 096-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA que pone fin al procedimiento administrativo sancionador, careciendo de objeto emitir pronunciamiento respecto al recurso de apelación interpuesto por la señora Victoria Olivia Lucho Dávila Vda. de Manco contra la Resolución Administrativa Nº 344-2019-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL. 

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador 

SUB MATERIA: Medida Cautelar.

MARCO NORMATIVO: Numeral 157.1 del artículo 157° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Viernes, 02 Octubre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

085-2020

Sumilla

Se declara la caducidad de la medida cautelar,  por haber resuelto el procedimiento administrativo sancionador que generó la emision de la medida cautelar, por lo que, carece de objeto emitir pronunciamiento respecto al  recurso de apelacion. 

Marco normativo

Numeral 157.1 del artículo 157° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0419-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 14224-2020.

IMPUGNANTE: Segundo Eloy Cerquín Chatilan .

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Declarar de oficio la caducidad administrativa del procedimiento sancionador iniciado contra el señor Segundo Eloy Cerquín Chatilan mediante la Notificación N° 099-2018-ANA-AAA.M-ALA.CHCH, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento, dejando sin efecto legal la Resolución Directoral N° 1181-2018-ANA-AAA.M.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

249-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0388-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 46989-2020.

IMPUGNANTES: Daniel Condori Zárate, Ignacia Kcaqquesto Ramos y Julio Quispe Ramos.

ÓRGANO: AAA Urubamba-Vilcanota.

SUMILLA: Declarar de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra las señores Daniel Condori Zárate, Ignacia Kcaqquesto Ramos y Julio Quispe Ramos a través de la Notificación N° 267-2019-ANA-AAA.UV-ALA.CZ y, en consecuencia, disponer el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución Directoral N° 083-2020-ANA-AAA.UV.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

246-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0368-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 234356-2019.

IMPUGNANTE: Raúl Delgado Rojas.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el señor Raúl Delgado Rojas a través de la Notificación N° 005-2019-ANA-AAA.XI-PA-ALA-BAP y, en consecuencia, disponer el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución Directoral N° 0832-2019-ANA-AAA-PA.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1216-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0101-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 150822-2019.

IMPUGNANTES: Gilberto Hurtado Ynoñan, Carlos Ausgusto Peña Reluz, Juan Francisco Peche Dominguez, Teófilo Ballena de la Cruz, Alfonzo Miguel Manosalva Lozano, Orlando Granados Mori, Victor Carranza Herrera.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador iniciado a través de la Notificación N° 142-2017-MINAGRI-ANA-AAA-JZ/ALA.MOLL, dejándose sin efecto legal las Resoluciones Directorales N° 2668-2018-ANA-AAA.JZ-V y N°1315-2019-ANA-AAA.JZ-V y disponiéndose el archivo del procedimiento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Caducidad

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

Fecha de Resolución

Viernes, 24 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

867-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolucion de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0015-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 209559-2019.

IMPUGNANTE: Segundo Luis Mondragón Vásquez

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Declarar de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Segundo Luis Mondragón Vásquez a través de la Notificación N° 134-2018-ANA-AAA.M-ALA.CHLL, y, en consecuencia, nula la Resolución Directoral N° 937-2019-ANA-AAA.M. disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o Modificar Obras sin Autorizacion 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 08 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1166-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolucion de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0792-2019-ANA

Resumen

CUT N°:93638-2019.

IMPUGNANTE: Angeolina Fabián Saavedra.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Falta de legitimidad / Caducidad

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Angeolina Fabián Saavedra contra la Resolución Directoral N°726-2018-ANA/AAA-HUALLAGA. por carecer de legitimidad para obrar en el procedimiento administrativo. Asimismo, se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Germán Fabián Alberto a través de la Notificación N°043-2018-MINAGRI-ANA-AAA HUALLAGA-ALA.ALTO HUALLAGA, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° y 261° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: IMPROCEDENTE / CADUCIDAD / ARCHIVO / DISPONER

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

515-2019

Sumilla

Quien no es parte del procedimiento administrativo sancionador, carece de legitimidad para interponer recursos impugnatorio / Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción notificó después de que transcurre el plazo de nueve (9) meses contados desde la fecha de la notificación de cargos  

Marco normativo

Artículo 259° y 261° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0741-2019-ANA

Resumen

CUT N°:230805-2018.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicio de Saneamiento de la Asociación Agropecuaria Caoña Ilabaya Provincia Jorge Basadre.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Junta Administradora de Servicio de Saneamiento de la Asociación Agropecuaria Caoña Ilabaya Provincia Jorge Basadre a través de Notificación N°029-2017-ANA-AAA CO-ALA.CL, dejándose sin efecto las Resoluciones Directorales Nros. 3464-2017 ANA/AAA I C-O y 1319-2018-ANA/AAA I C-O. y disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1. del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

SENTIDO: CADUCIDAD 

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

255-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de cargos

Marco normativo

Numeral 1. del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0790-2019-ANA

Resumen

CUT N°:190388-2018.

IMPUGNANTE: Felix Danilo Munarriz Canales.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Félix Danilo Munarriz Canales contra la Resolución Directoral N°1922-2017-ANA-AAA-CH.CH. dejándose sin efecto las Resoluciones Directorales N°1035-2017-ANA-AAA-CH.CH y 1922-2017-ANA-AAA-CH.CH; Asimismo, se declara la caducidad administrativa del procedimiento sancionador instaurado contra el señor Félix Danilo Munarriz Canales a través de la Notificación N°066-2016-ANA-AAA-CH.CH-ALA.G. disponiéndose el archivo de dicho procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° y la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: FUNDADO/ CADUCIDAD/ ARCHIVO

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1484-2018

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se notifica después de que transcurre el plazo 1 año contado desde la vigencia de la normativa vigente en aquel momento

Marco normativo

Artículo 259° y la Décima Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0724-2019-ANA

Resumen

CUT N°:72772-2019.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor San Lorenzo.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad

SUMILLA: Declarar de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor San Lorenzo a través de la Notificación N°239-2018-ANA-AAA JZ-ALA.SL,  disponiéndose el archivo de dicho procedimiento y dejándose sin efecto legal al Resolución Directoral N°592-2019-ANA-AAA JZ-V.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1. del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 12 Junio, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

437-2019

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se emite después de que transcurre el plazo de nueve (9) meses contados desde la fecha de notificación de la notificación de cargos  

Marco normativo

Numeral 1. del Artículo 257° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo)

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor