R.TNRCH. Nº 0583-2019-ANA

Resumen

CUT N°:55705-2018.

IMPUGNANTE: Fundo El Salvador S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Fundo El Salvador S.A.C. contra la Resolución Directoral N°403-2019-ANA-AAA-CH.CH. por haberse desvirtuado el argumento de la impugnante.

MARCO NORMATIVO: Numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 85° numeral 84.1° del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

344-2019

Sumilla

No ha cumplido con la presentación del documento ambiental requerido, ha incumplido las condiciones legales para poder acceder al derecho de uso de agua solicitado

Marco normativo

Numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 85° numeral 84.1° del artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0564-2019-ANA

Resumen

CUT N°:27199-2019.

IMPUGNANTE: Santos Castro Vargas.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Santos Castro Vargas contra la Resolución Directoral N°1821-2018-ANA.AAA.CO. por haberse presentado la solicitud de licencia de uso de agua fuera del plazo establecido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 134.2 articulo 134° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Artículos 3°, 6° y 9° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 1°, 2°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

212-2019

Sumilla

No hay fundamentos cuando la presentación de la solicitud para la regulación de uso de agua es presentado fuera del plazo sustentando que determina el plazo en un día inhábil ya que es extendido al primer día hábil siguiente.

Marco normativo

Numeral 134.2 articulo 134° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Artículos 3°, 6° y 9° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 1°, 2°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0563-2019-ANA

Resumen

CUT N°:35241-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Huandoval.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por la Municipalidad Distrital de Huandoval contra la Resolución Directoral N°988-2018-ANA/AAA.HCH, por haberse presentado en forma extemporánea.

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 9 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del articulo 277° de su Reglamento

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

214-2019

Sumilla

El recurso de apelación fue presentado cuando ya había vencido el plazo previsto para impugnar la Resolución; por el cual, deviene en improcedente por haberse presentado en forma extemporánea.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y numeral 9 del articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal d) del articulo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0560-2019-ANA

Resumen

CUT N°:40627-2019.

IMPUGNANTE: Carlos Guillermo Ángeles Olivera.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Modificación de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°138-2019-ANA-AAA-CH.CH. por advertirse la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General: e improcedente la solicitud de modificación de licencia de uso de agua ingresada por el señor Juan Carlos Ángeles Ángeles, debido a que su pedido no implica la variación de aspectos técnicos de derecho otorgados.

MARCO NORMATIVO: Articulo 53°, numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 1 del artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213°, inciso 1.14 del numeral 1 del Articulo IV del Titulo Preliminar del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Lunes, 06 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

230-2019

Sumilla

No se puede mediante la solicitud de modificación buscaba efectuar el cambio en la titularidad de la licencia de uso de agua otorgada mediante la Resolución Administrativa, pero si la variación de algún aspecto técnico del referido derecho.

Marco normativo

Articulo 53°, numeral 65.3 del articulo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 1 del artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213°, inciso 1.14 del numeral 1 del Articulo IV del Titulo Preliminar del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0557-2019-ANA

Resumen

CUT N°:223788-2018.

IMPUGNANTE: Manila Giovana García Vilela.

ÓRGANO: AAA Huarmey-Chicama.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Propiedad o posesión legitima

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Manila Giovana García Vilela contra la Resolución Administrativa N°305-2018-ANA-AAA.HCH-ALA.CHICAMA, porque dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Articulo 58° y articulo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y articulo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1656-2018

Sumilla

Se declara infundado cuando no habiéndose cumplido con presentar los documentos que acrediten la sucesión sobre la propiedad.

Marco normativo

Articulo 58° y articulo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y articulo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0555-2019-ANA

Resumen

CUT N°:7885-2019.

IMPUGNANTE: Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por el uso del agua

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N°665-2018-ANA-AAA.CF.ALA.CHRL por encontrarse incursa en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y carece de objeto emitir pronunciamiento respecto del recurso de reconsideración y apelación interpuesto por Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA, numeral 1 del artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213° todos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

082-2019

Sumilla

Son improcedentes de plano, debido a que el requerimiento de pago es el acto previo de la ejecución forzosa, por lo que no resulta impugnable, en tanto dicho acto presupone que ya culminó el procedimiento de determinación y liquidación de la obligación

Marco normativo

Artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA, numeral 1 del artículo 10°, numeral 213.1 del artículo 213° todos del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0554-2019-ANA

Resumen

CUT N°: 28422-2019.

IMPUGNANTE: Karina Milka Elizabeth Torres Kari.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Falta de Legitimidad

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la señora Karina Milka Elizabeth Torres Kari contra la Resolución Directoral N°024-2019-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por carecer de legitimidad para obrar en el procedimiento administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116°, numeral 1 del artículo 255° del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Literal b) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

200-2019

Sumilla

Los denunciantes no son sujetos del procedimiento administrativo sancionador, por lo que carecen de legitimidad para interponer recursos impugnatorios.

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116°, numeral 1 del artículo 255° del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Literal b) del articulo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0556-2019-ANA

Resumen

CUT N°:200620-2016.

SOLICITANTE: ALA Chancay-Lambayeque.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°351-2016-ANA-AAA.JZ-ALACH.L solicitada por la Administración Local de Agua Chancay-Lambayeque. por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° y Numeral 202.3 del artículo 202° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

282-2019

Sumilla

La facultad de este Tribunal para declarar la nulidad a prescrito, ya que a transcurre un periodo de dos años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° y Numeral 202.3 del artículo 202° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0552-2019-ANA

Resumen

CUT N°:32037-2019.

IMPUGNANTE: Luciano Huamán Puma.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Luciano Huamán Puma contra la Resolución Directoral N°050-2019-ANA/AAA C-O, debido a que se ha desvirtuado el argumento del impugnante.

MARCO NORMATIVO: Articulo 46° de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

210-2019

Sumilla

No se puede pretende acreditar recurso hídrico para uso agrícola para un área bajo riego y no se puede tomar como fuente la masa de agua de riego de predios agrícolas de terceras personas, cuyas Licencias estén vigentes, se estaría afectando el estado de derecho.

Marco normativo

Articulo 46° de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0549-2019-ANA

Resumen

CUT N°:45443-2018.

IMPUGNANTE: Basilio Challco Pfuño.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Basilio Challco Pfuño contra la Resolución Directoral N°1980-2018-ANA/AAA I C-O, debido a que se ha desvirtuado el argumento del impugnante.

MARCO NORMATIVO: articulo 54° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 136.5 y 136.4 del articulo 136° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

206-2019

Sumilla

No cumplió con la presentación de un certificado catastral, emitido por la entidad competente, con la finalidad de corroborar el área remante no Incluida en la minuta.

Marco normativo

articulo 54° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 136.5 y 136.4 del articulo 136° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor