R.D. N° 019-2025-ANA-DCERH

Resumen

Otorgar, a OCÉANO SEAFOOD S.A., la autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas provenientes del Establecimiento Industrial Pesquero con planta de congelado y harina residual, ubicado en Av. Los Pescadores Nº 994 Zona Industrial I, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, por un volumen anual de 242 496 m3 /año (7,79 l/s), descargado bajo régimen continuo, a través de un emisor submarino de 200 m de longitud, al mar de la bahía de Paita.

Fecha de Resolución

Lunes, 20 Enero, 2025

Clasificación

De la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos

Autor

ANA

R.D. N° 013-2025-ANA-DCERH

Resumen

Prorrogar, a SERVICIOS INDUSTRIALES DE LA MARINA - SIMA IQUITOS S.R.LTDA., la autorización de vertimiento de aguas residuales domésticas tratadas, provenientes del Astillero SIMA Iquitos, ubicado en el distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por un volumen anual de 5 723,20 m3 (0,18 l/s), bajo el régimen intermitente descargado mediante una tubería de PVC SAL de 6” diámetro y 10 m de longitud, hacia el río Nanay; otorgada mediante Resolución Directoral N° 018-2018-ANADCERH y prorrogada con Resoluciones Directorales N° 100-2021-ANA-DCERH y N° 0272- 2022-ANA-DCERH.

Fecha de Resolución

Martes, 14 Enero, 2025

Clasificación

De la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos

Autor

ANA

R.D. N° 083-2024-ANA-DCERH

Resumen

Prorrogar, a PLUSPETROL PERU CORPORATION S.A., la autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas, provenientes de la planta de osmosis inversa del terminal marino – Planta de Fraccionamiento LGN - Pisco, ubicada en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, por un volumen anual de 6 922,08 m3 /año con un caudal de 0,22 l/s, de régimen continuo, a través de una tubería de CPVC-Sch 80 de ½”, anclada a la plataforma marina, con una longitud de 50 metros y a tres (03) metros de profundidad, hacia el mar frente a Pisco.

Fecha de Resolución

Jueves, 20 Junio, 2024

Clasificación

De la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos

Autor

ANA

R.D. N° 102-2025-ANA-DCERH

Resumen

Otorgar a REPSOL EXPLORACIÓN PERÚ, SUCURSAL DEL PERÚ, la autorización de vertimiento de aguas residuales domésticas tratadas, provenientes del Campamento Base de Operaciones Nuevo Mundo Lote 57, por un volumen anual de 43 800 m3 (equivalente a 1,39 l/s), ubicado en el distrito de Megantoni, provincia de La Convención, departamento de Cusco.

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Mayo, 2025

Clasificación

De la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos

Autor

ANA

R.D. N° 100-2025-ANA-DCERH

Resumen

Declarar improcedente a la solicitud presentada por COMPAÑÍA MINERA CHUNGAR S.A.C., sobre prorroga la autorización de vertimiento de aguas residuales industriales tratadas provenientes de las operaciones en la Bocamina Nv. 0 de la Unidad Minera San Sebastián, ubicada en el distrito de Yanacancha, provincia y departamento de Pasco, otorgada mediante Resolución Directoral N° 130-2017-ANA-DGCRH y prorrogada mediante Resolución Directoral N° 064-2020-ANA-DCERH.

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Mayo, 2025

Clasificación

De la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos

Autor

ANA

R.TNRCH. Nº 0675-2025-ANA

Resumen

CUT: 190925-2023.

ADMINISTRADO: Asociación Agropecuaria Valle 2000.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Autorización o modificación deobras sin autorización.

SUMILLA: Se acredita la causalidad, cuando la autoridad, en la verificación de campo identifica la ejecución de la obra por parte del administrado, quien, además reconoce en dicho acto los hechos materia de sanción.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 4.9 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

979-2024

Administrado

Asociación Agropecuaria Valle 2000

Sumilla

Se acredita la causalidad, cuando la autoridad, en la verificación de campo identifica la ejecución de la
obra por parte del administrado, quien, además reconoce en dicho acto los hechos materia de sanción.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277° de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0674-2025-ANA

Resumen

CUT: 101035-2024.

IMPUGNANTE: Perú Leder Export S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: - Falta de pago de retribuciones o tarifas por el uso de agua. - No dar aviso oportuno a la Autoridad Nacional del Agua cuando por causa justificada no utilice transitoria, parcial o totalmente las aguas otorgadas.

SUMILLA: La resolución es nula cuando el procedimiento sancionador se inicia por falta de pago de la retribución económica, pero, en forma contradictoria, la sanción se impone por vertimiento de aguas residuales.

MARCO NORMATIVO: Numerales 3 y 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 252° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, literales j) y m) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Fundado y retrotraer.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1012-2024

Sumilla

La resolución es nula cuando el procedimiento sancionador se inicia por falta de pago de la retribución
económica, pero, en forma contradictoria, la sanción se impone por vertimiento de aguas residuales

Marco normativo

Numerales 3 y 4 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 252° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, literales j) y m) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0673-2025-ANA

Resumen

CUT: 29687-2024.

IMPUGNANTE: Elyngluf S.A.C.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: Se acredita la causalidad, por medio de indicios concurrentes, cuando el administrado, que niega la ejecución del pozo, sin embargo, había solicitado previamente la acreditación de disponibilidad hídrica sobre esa misma obra, y, además, en el momento de la verificación técnica se encontró un vehículo que publicita su logo empresarial.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento y numeral 8 del artículo 248° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 4.82 UIT – Grave.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1069-2024

Sumilla

Se acredita la causalidad, por medio de indicios concurrentes, cuando el administrado, que niega la ejecución del pozo, sin embargo, había solicitado previamente la acreditación de disponibilidad hídrica sobre esa misma obra, y, además, en el momento de la verificación técnica se encontró un vehículo que publicita su logo empresarial.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento y numeral 8 del artículo 248° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0672-2025-ANA

Resumen

CUT: 179654-2024.

SOLICITANTE: Comunidad de Huancapón.

ÓRGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

SUMILLA: No corresponde declarar la nulidad de la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico cuando no se acredita la afectación del derecho de propiedad sobre el predio.

MARCO NORMATIVO: Literal d) del numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

203-2025

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad de la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico
cuando no se acredita la afectación del derecho de propiedad sobre el predio.

Marco normativo

Literal d) del numeral 16.2 del artículo 16° del “Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua”.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0671-2025-ANA

Resumen

CUT: 210873-2024.

IMPUGNANTE: Adriana María Calla Gallegos.

ÓRGANO: ALA Chili.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: : Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: La nueva prueba que consiste en la partida registral completa de sucesión intestada, acredita el título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Numeral 23.1 y 23.2 del artículo 23 del "Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua".

SENTIDO: Fundado, revocar y otorgar la extinción y otorgamiento.

Fecha de Resolución

Miércoles, 25 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

166-2025

Sumilla

La nueva prueba que consiste en la partida registral completa de sucesión intestada, acredita el título de transferencia de propiedad para los fines de la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Artículo 65° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Numeral 23.1 y 23.2 del artículo 23 del "Reglamento de procedimientos administrativos para el otorgamiento de derechos de uso de agua y de autorización de ejecución de obras en fuentes naturales de agua".

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor