R.TNRCH. Nº 0620-2019-ANA
Resumen
CUT N°:83259-2018.
IMPUGNANTES: Junta de Usuarios del Valle de Tacna y Comité de Usuarios Vilavilani.
ÓRGANO: ALA Caplina-Ocoña.
MATERIA: Tarifa por Utilización de la Infraestructura Hidraulica Mayor.
SUBMATERIA: Utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor
SUMILLA: Se declaran infundados los recursos de apelación interpuestos por la Junta de Usuarios del Valle de Tacna y el Comité de Usuarios Vilavilani contra la Resolución Administrativa N°248-2018-ANA-AAA.CO-ALA.CL por haberse desvirtuado los argumentos de los impugnantes.
MARCO NORMATIVO: Artículo 93° de la Ley de Recursos hídricos, Numeral 187.1. del Artículo 187° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 3°, Artículo 4° y Artículo 5° de la Resolución Jefatural N°307-2015-ANA y su modificatoria Resolución Jefatural N°337-2016-ANA
SENTIDO: INFUNDADOS
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Cuando se presente extemporáneamente la propuesta de tarifa por utilización de infraestructura hidráulica mayor, y la autoridad no pueda determinarla de oficio, se aprueba la propuesta extemporánea
Marco normativo
Artículo 93° de la Ley de Recursos hídricos, Numeral 187.1. del Artículo 187° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 3°, Artículo 4° y Artículo 5° de la Resolución Jefatural N°307-2015-ANA y su modificatoria Resolución Jefatural N°337-2016-ANA