701 - 710 Normativas de 11446
R.TNRCH. N° 1078-2024-ANA

CUT N°: 49268-2023.

ADMINISTRADO: Comunidad Campesina de Orcasitas.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Para la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico se requiere contar con acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 16.2 del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio e improcedente.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Octubre 2024
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R.TNRCH. N° 1077-2024-ANA

CUT N°: 105683-2023.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicio de Saneamiento del Anexo de Cullpa Baja.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que, en el balance hídrico, se consideren los derechos de uso previamente otorgados.

MARCO NORMATIVO: Artículo 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 09 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1076-2024-ANA

CUT N°: 236372-2023.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de otorgamiento de licencia de uso de agua. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1075-2024-ANA

CUT N°: 135241-2024.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1074-2024-ANA

CUT N°: 178734-2023.

IMPUGNANTE: Rubén Nacor Serrano Flores y Pablo Leoncio Gloria Moreno.

ORGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador- Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho o autorización. Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La sanción que se impone se determina para cada caso en particular, por lo que no se puede utilizar el los parámetros de otro procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1073-2024-ANA

CUT N°: 128898-2024.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar la abstención.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1072-2024-ANA

CUT N°: 8818-2021.

SOLICITANTE: Alcides Aníbal Pinedo Cárdenas.

ORGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: La rectificación de error material procede cuando no se altera el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Rectificación de oficio.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1071-2024-ANA

CUT N°: 124073-2021.

IMPUGNANTE: José Henry Collantes Ángeles y Rogerio Celis Ventura.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador– Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras hidráulicas sin autorización.

SUMILLA: La construcción de cualquier obra en el cauce requiere autorización de la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal b) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Improcedente e Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1070-2024-ANA

CUT N°: 212864-2023.

IMPUGNANTE: Alejandro Faustino Laura Quispe.

ORGANO: ALA Mala – Omas – Cañete.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia por cambio de titular.

SUMILLA: No corresponde la nulidad de oficio de un acto administrativo cuando el solicitante presenta una escritura pública de compraventa que ha sido anulada por sentencia con calidad de cosa juzgada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 23.3 del artículo 23º del Reglamento de Procedimientos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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R.TNRCH. Nº 1069-2024-ANA

CUT N°: 71915-2023.

IMPUGNANTE: Mery Leonor Muñoz Pizarro.

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar las aguas.

SUMILLA: Cuando en la inspección ocular se constata la captación del recurso hídrico sin derecho de uso, queda acreditada la infracción del uso del agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de resolución: Miércoles, 02 Octubre 2024
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