CUT N°: 69558-2023.
IMPUGNANTE: Empresa Inversiones Inmobiliaria Tarapoto S.A.C.
ORGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.
SUMILLA: La infracción de ocupar la faja marginal sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua es de carácter permanente, por tanto, el cómputo del plazo de la prescripción no se inicia si se mantiene la acción.
MARCO NORMATIVO: El numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal f) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.
SENTIDO: Infundado.