R.TNRCH. Nº 0695-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 132960-2022.

IMPUGNANTE: Machu Picchu Foods S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados.

SUMILLA: Las infracciones de peligro abstracto no requieren acreditar contaminación o deterioro.

MARCO NORMATIVO: Literal q del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

599-2023

Sumilla

Las infracciones de peligro abstracto no requieren acreditar contaminación o deterioro.

Marco normativo

Literal q del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0694-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 58827-2022

IMPUGNANTE: Brígida Velarde Moisés.

ORGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUMILLA: No procede la interposición de recursos de revisión en los procedimientos ante la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1 del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

265-2022

Sumilla

No procede la interposición de recursos de revisión en los procedimientos ante la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 17.1 del artículo 17° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y, numeral 23.1 del artículo 23° del Reglamento Interno del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0693-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 56967-2021.

SOLICITANTE: Graciela Honorata Manchuria Ccopa.

ORGANO: ALA Moquegua.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Prescripción de la facultad para declarar la nulidad.

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

157-2024

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo no procede cuando transcurren 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0692-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 41174-2023.

SOLICITANTE: Félix Molina Casas.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interpone luego de vencido el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

174-2024

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interpone luego de vencido el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Artículos 218° y 222° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0691-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 278394-2023.

SOLICITANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Clase “C” Bajo Caplina.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar la nulidad de oficio

SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.2 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

189-2024

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 202.2 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0690-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 115687-2022.

ADMINISTRADO: Asociación de Agricultores Casa Blanca Los Molinos.

ORGANO: ALA Ica.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Permiso de uso de agua.

SUMILLA: Es nulo el permiso de uso de agua cuando no se acredita la existencia de obras de infraestructura hidráulica para el aprovechamiento del recurso.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 60º de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 34º y el artículo 35º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

662-2023

Administrado

Asociación de Agricultores Casa Blanca Los Molinos

Sumilla

Es nulo el permiso de uso de agua cuando no se acredita la existencia de obras de infraestructura hidráulica para el aprovechamiento del recurso.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 60º de la Ley de Recursos Hídricos, el artículo 34º y el artículo 35º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0689-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 180823-2022.

IMPUGNANTE: TAL S.A.

ORGANO: AAA Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Artículos 1666° y numeral 10 del artículo 1681° del Código Civil; y, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

756-2023

Sumilla

La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Artículos 1666° y numeral 10 del artículo 1681° del Código Civil; y, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0688-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 251709-2019.

IMPUGNANTE: Petrolífera Petroleum del Perú S.R.L.

ORGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Autorización de reúso de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Mismos fines.

SUMILLA: No corresponde otorgar una autorización de reúso cuando se trata de los mismos fines.

MARCO NORMATIVO: El numeral 149.2 del artículo 149° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

922-2022

Sumilla

No corresponde otorgar una autorización de reúso cuando se trata de los mismos fines.

Marco normativo

El numeral 149.2 del artículo 149° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0687-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 16297-2024.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de autorización de ejecución de obras en los bienes naturales asociados al agua e infraestructura hidráulica multisectorial.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar abstención.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

726-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de autorización de ejecución de obras en los bienes naturales asociados al agua e infraestructura hidráulica multisectorial.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0686-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 30558-2024.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Abstención.

SUMILLA: Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Aprobar abstención.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

725-2024

Sumilla

Corresponde aceptar la abstención del director de la Autoridad Administrativa del Agua cuando ha intervenido en la etapa de instrucción del procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica.

Marco normativo

Numeral 2 del Artículo 99º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas