R.TNRCH. Nº 0046-2022-ANA

Resumen

CUT N°:126292-2021.

IMPUGNANTE: Máximo Emilio Meza Rossi.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Máximo Emilio Meza Rossi contra la resolución denegatoria ficta del recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 480-2021-ANA-AAA.CO, dejándola sin efecto, por haber operado el silencio administrativo positivo.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUB MATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas

MARCO NORMATIVO: Artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado.

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

008-2022

Sumilla

Este Tribunal considera que se debe dejar sin efecto la resolución impugnada, declarándose el archivamiento y evaluar si corresponde el inicio de un nuevo del procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Artículo 199° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0035-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 157035-2021.

ADMINISTRADO: Josué Alexis Grande Chan.

ÓRGANO:  ALA Caplina-Locumba,

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº 173-2019 ANA-AAA.CO-ALA.CL, por encontrarse incursa en la causal prevista en el numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y resolviendo sobre el fondo del asunto, se desestima la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua presentada por el señor Josué Alexis Grande Chan en fecha 01.10.2019, por incumplir con lo establecido en el numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y en el numeral 23.1 del artículo 23º del “Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua”.

MATERIA: Revisión de oficio.

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

582-2021

Sumilla

Se declara la nulidad de oficio por contravenir la norma en materia hidrica y vulnerando un derecho fundamental, el solicitante no ha demostrado la transferencia del predio.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0045-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 186335-2020.

SOLICITANTE:  Félix Víctor Rivera Flores.

ÓRGANO:  ALA Caplina- Locumba.

SUMILLA: Se declara fundada la queja por defecto de tramitación presentada por el señor Félix Víctor Rivera Flores contra la Administración Local del Agua Caplina - Locumba.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUB MATERIA: Queja por defecto de tramitación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 164.4 del artículo 164°, artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado. 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

559-2021

Sumilla

Se dispone la recomposición del expediente, requerir la información correspondiente para instruir el procedimiento de regularización de licencia de uso de agua, a ello la administración deberá emitir el pronunciamiento de fondo.

Marco normativo

Numeral 164.4 del artículo 164°, artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0044-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 107775 – 2021.

IMPUGNANTE: Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A.

ÓRGANO:  ALA Tambo - Alto Tambo.

SUMILLA: Se resuelve declarar infundado el recurso de apelación presentado por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A. contra la Resolución Administrativa Nº 073-2021-ANA-AAA.CO-ALA.TAT, por haberse desestimado los argumentos del recurso impugnatorio.

MATERIA: Tarifa de uso de agua.

SUB MATERIA: Utilización de la infraestructura hidráulica mayor y menor

MARCO NORMATIVO: Artículo 93º de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 3° y 4º de la Resolución Jefatural Nº 307-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

393- 2021

Sumilla

La apelante pretende que una licencia que fue anulada mantenga sus efectos, lo cual no corresponde analizar en un procedimiento de aprobación de tarifa de uso de agua.

Marco normativo

Artículo 93º de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 3° y 4º de la Resolución Jefatural Nº 307-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0043-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 124599-2021.

SOLICITANTE: Carlos Andrés Quiñones Soto.

ÓRGANO: ALA Mantaro.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de las Resoluciones Administrativas Nº 133-2005-INRENA-IRH/ATDRM y N° 145-2013-ANA-ALA MANTARO, solicitadas por el señor Carlos Andrés Quiñones Soto, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dichos actos administrativos. 

MATERIA: Otorgamiento de licencia de uso de agua.

SUB MATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

556-2021

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0034-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 150892-2021.

SOLICITANTE: AAA Pampas-Apurímac.

ÓRGANO: ALA Alto Apurímac - Velille.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 012-2019-ANA-AAA.PA-ALA.VE, solicitada por la Autoridad Administrativa del Agua Pampas-Apurímac, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUB MATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No Haber Merito

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

549-2021

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0033-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 185836-2021.

SOLICITANTE: Zenón Arias Acero.

ÓRGANO: ALA Caplina – Locumba.

SUMILLA: Se declara fundada la queja por defecto de tramitación presentada por el señor Zenón Arias Acero contra la Administración Local de Agua Caplina-Locumba y se dispone que la Administración Local del Agua Caplina – Locumba inicie la recomposición del expediente.

MATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUB MATERIA: Queja por defecto de tramitación

MARCO NORMATIVO: Numeral 164.4 del artículo 164°, artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

658-2021

Sumilla

Se dispone la recomposición del expediente, requerir la información correspondiente para instruir el procedimiento de regularización de licencia de uso de agua, a ello la administración deberá emitir el pronunciamiento de fondo.

Marco normativo

Numeral 164.4 del artículo 164°, artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0032-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 6769-2021.

SOLICITANTE: Juan De la Cruz Ortega Risso.

ÓRGANO: ALA Caplina – Locumba.

SUMILLA: Se declara fundada la queja por defecto de tramitación presentada por el señor Juan De la Cruz Ortega Risso contra la Administración Local de Agua Caplina-Locumba y se dispone que la Administración Local del Agua Caplina – Locumba inicie la recomposición del expediente.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General 

SUB MATERIA: Queja por defecto de tramitación

MARCO NORMATIVO: Numeral 164.4 del artículo 164°, artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

541-2021

Sumilla

Se dispone la recomposición del expediente, requerir la información correspondiente para instruir el procedimiento de regularización de licencia de uso de agua, a ello la administración deberá emitir el pronunciamiento de fondo.

Marco normativo

Numeral 164.4 del artículo 164°, artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0031-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 170781-2021.

SOLICITANTE: Celedonia Orihuela Cusi.

ÓRGANO: ALA Colca-Siguas-Chivay.

SUMILLA: Se declara que carece de objeto pronunciarse respecto a la queja presentada por la señora Celedonia Orihuela Cusi contra la Administración Local de Agua Colca-Siguas-Chivay, por haberse producido la sustracción de la materia.

MATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUB MATERIA: Queja por defecto de tramitación

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento 
Administrativo General y artículo 321° del Código Procesal Civil.

SENTIDO:  Carece de Objeto

 

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

656-2021

Sumilla

La queja por defecto de tramitación tiene por finalidad impulsar el procedimiento o corregir irregularidades, pero, cuando la denuncia se basa en la demora del funcionario y el trámite ya culminó, se produce la sustracción de la materia en tanto no existe objeto sobre el cual pronunciarse.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento 
Administrativo General y artículo 321° del Código Procesal Civil.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0030-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 167326-2020.

IMPUGNANTE: Consorcio Imacita.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por el Consorcio Imacita contra la Resolución Directoral N° 0857-2020-ANA-AAA.M, por falta de legitimidad para obrar.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUB MATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización

MARCO NORMATIVO: Ley General de Sociedades Ley N° 26887

SENTIDO: Improcedente

Fecha de Resolución

Viernes, 14 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

317-2021

Sumilla

El apelante no se encuentra legitimado para cuestionar por corresponder a una figura contractural regulada por la Ley General de Sociedades no siendo sujeto para los efectos del cumplimiento de las disposicones del derecho administrativo, permitiendo a sus integrantes actuar en conjunto con fines específicos.

Marco normativo

Ley General de Sociedades Ley N° 26887.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor