R.TNRCH. Nº 0543-2019-ANA

Resumen

CUT N°:184791-2018.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Organizaciones de usuario de agua

SUMILLA: Se resuelve declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°474-2017-ANA-DGOIH, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: Articulo 26° de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 13°, artículo 11° de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua y literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de su Reglamento, articulo 6°, articulo 2° de la Resolución Jefatural N°265-2015-ANA y numeral 213.2 del articulo 213°, numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1612-2018

Sumilla

Existe una clara afectación al interés público, se aprobó la adecuación de una organización de usuario de agua sin observar las normas de carácter general que rigen el procedimiento y el cumplimiento de las condiciones para que se pueda conceder.

Marco normativo

Articulo 26° de la Ley de Recursos Hídricos, articulo 13°, artículo 11° de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua y literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de su Reglamento, articulo 6°, articulo 2° de la Resolución Jefatural N°265-2015-ANA y numeral 213.2 del articulo 213°, numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0541-2019-ANA

Resumen

CUT N°:86443-2015.

SOLICITANTE: Ala Chancay-Lambayeque.

ÓRGANO: Ala Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°310-2014-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL solicitada por la Administración Local de Agua Chancay-Lambayeque, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

184-2019

Sumilla

La facultad de este Tribunal para declarar la nulidad a prescrito, ya que a transcurre un periodo de dos años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0540-2019-ANA

Resumen

CUT N°:74443-2016.

SOLICITANTE: Ala Chancay-Lambayeque.

ÓRGANO: Ala Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°282-2015-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL solicitada por la Administración Local de Agua Chancay-Lambayeque por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° y Numeral 202.3 del artículo 202° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Mayo, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

286-2019

Sumilla

La facultad de este Tribunal para declarar la nulidad a prescrito, ya que a transcurre un periodo de dos años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° y Numeral 202.3 del artículo 202° del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0484-2019-ANA

Resumen

CUT N°:29886-2013.

SOLICITANTE: Ala Chancay-Lambayeque.

ÓRGANO: Ala Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA:  Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°239-2012-ANA-AAAJZ-ALA CHL solicitada por la Administración Local de Agua Chancay-Lambayeque. por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del articulo 213° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

182-2019

Sumilla

Se considera que dicha solicitud deviene en improcedente, al haber prescrito su facultad para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del articulo 213° del TUO de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0483-2019-ANA

Resumen

CUT N°:38196-2013.

SOLICITANTE: ALA Chancay-Lambayeque.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°238-2012-ANA-AAA.JZ-ALA. CH solicitada por la Administración Local de Agua Chancay-Lambayeque. por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

304-2019

Sumilla

La facultad de este Tribunal para declarar la nulidad a prescrito, ya que a transcurre un periodo de dos años desde que el acto quedó consentido.

Marco normativo

Numeral 202.3 del artículo 202° y artículo 207° de la Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 3° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0488-2019-ANA

Resumen

CUT N°:17660-2019.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios del Canal de Riego Cholo Parado.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Modificación de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Comité de Usuarios del Canal de Riego Cholo Parado contra la Resolución Directoral N°2176-2018-ANA-AAA.M, porque dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

MARCO NORMATIVO: Articulo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 65.1 y 65.2 del articulo 65° de su Reglamento.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

168-2019

Sumilla

La modificación de licencia de uso de agua, se refiere únicamente a la variación de las características técnicas tales como el punto de captación del recurso, la infraestructura utilizada, el volumen, caudal y régimen de explotación determinados en la licencia otorgada, y no sobre fuentes diferentes a la otorgada en la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Articulo 53" de la Ley de Recursos Hídricos, numerales 65.1 y 65.2 del articulo 65° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0487-2019-ANA

Resumen

CUT N°:15237-2019.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial de Pomobamba.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad Provincial de Pomabamba contra la Resolución Directoral N°2200-2018-ANA.AAA.M, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción
imputada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del Articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del articulo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

144-2019

Sumilla

Se configura infracción Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica, al haber colapsado un tramo de un cana por la construcción de una carretera, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 5 del Articulo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal o) del articulo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0486-2019-ANA

Resumen

CUT N°:165164-2018.

IMPUGNANTE: Empresa Minera Los Quenuales S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón-Rimac-Lurín.

MATERIA: Retribución Económica.

SUBMATERIA: Por el uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Minera Los Quenuales S.A. contra la Resolución Administrativa N°286-2018-ANA-AAA.CF-ALA.CHRL, debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 3°, artículo 2°, artículo 176°, artículo 177° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA y artículo 91° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1160-2018

Sumilla

Las Resoluciones sobre el pago de la retribución económica es el pago de forma obligatoria que debe abonarse al estado, no es susceptible de impugnación.

Marco normativo

Artículo 3°, artículo 2°, artículo 176°, artículo 177° de la Resolución Jefatural N°058-2017-ANA y artículo 91° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0485-2019-ANA

Resumen

CUT N°:46928-2019.

SOLICITANTE: Lesly Sofía Zapata Purizaca.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Tarifa por Uso de Infraestructura Hidráulica.

SUBMATERIA: Intervención de terceros

SUMILLA: No haber mérito para declararla nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°3070-2017-ANA-AAA-JZ-V presentada por la señora Lesly Sofía Zapata Purizaca, porque dicha resolución no incurre en las causales de nulidad contempladas en el articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: articulo 213°, numeral 60.1 del articulo 60°, artículo 14°, articulo 10° todos del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

236-2019

Sumilla

Las pretensiones impugnatorias promovidas a través de recursos administrativos por terceros que se consideran ajenos a un procedimiento y que se interpongan directamente ante el Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas, se declaran improcedentes

Marco normativo

articulo 213°, numeral 60.1 del articulo 60°, artículo 14°, articulo 10° todos del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0481-2019-ANA

Resumen

CUT N°:20506-2019.

IMPUGNANTE: Sita Roque Quispe.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por la señora Sita Roque Quispe contra la Resolución Directoral N°2068-2018-ANA/AAA.CO, debido a que acreditó la posesión y el uso público, pacifico y continuo del agua en el predio para el cual se solicita la licencia de uso de agua en via de formalizaclón, revocándose la misma y disponiendo que la Autoridad Administrativa del Agua Caplina-Ocoña otorgue licencia de uso de agua a la señora Sita Roque Quispe para los predios denominados "Cerca del Rio" y "Rivera del Rio".

MARCO NORMATIVO: Artículos 3°, 6° y 9° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 1°, 2°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015- ANA.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Lunes, 22 Abril, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

216-2019

Sumilla

Cumplió con los requisitos, acreditó la posesión, el uso público, pacifico y continuo del agua en el predio para el cual se solicita la licencia de uso de agua en vía de formalización.

Marco normativo

Artículos 3°, 6° y 9° del Decreto Supremo N°007-2015-MINAGRI, artículos 1°, 2°, 4° de la Resolución Jefatural N°177-2015- ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor